¿Adjudicación por postura superior al principal ?

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Adjudicador

¿Adjudicación por postura superior al principal ?

#1 Mensaje por Adjudicador »

:cool: ¿se puede decreto de adjudicación al ejecutante conforme al art 671 por postura superior al principal que se reclama sin :cool: liquidar previamente intereses y costas?.

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PROCU
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#2 Mensaje por PROCU »

yo entiendo que no. se deben liquidar previamente intereses y costas porque si el valor de la adjudicacion es como dices superior al principal, intereses y costas, se debe requerir al futuro adjudicatario para que consigne la diferencia cuyo destino irá, bien a acreedores posteriores, bien al propio ejecutado.

pienso que al igual que al mejor postor se le requiere para que consigne la diferencia entre la fianza y el resto y luego se dicta el auto de adjudicacion, deberia ocurrir lo mismo en el caso que planteas. Salvo mejor criterio...

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