Página 1 de 1
Entrega directa al ejecutante
Publicado: Lun 19 Mar 2012 5:06 pm
por SECRE DUDOSO
En los supuestos de entrega de un vehiculo al ejecutante, al amparo del articulo 634.1.4º,en los cuales proceda el alzamiento del embargo de dicho vehículo y en consecuencia mandamiento para cancelacion de la anotacion, ¿es procedente poner un decreto o corresponderia una diligencia de ordenacion como aparece en el sistema de gestion procesal?
Publicado: Lun 19 Mar 2012 5:34 pm
por Terminatrix
No te fíes del sistema de gestión. En el Minerva las sentencias las firma el SJ
En el caso que comentas ,yo pongo decreto.
Por escrito de fecha de entrada de XXXX , la parte ejecutante , conforme a lo dispuesto por el art. 634-3 LEC , ha interesado la entrega y adjudicación directa del vehículo anteriormente descrito por el valor resultante con arreglo a las tablas de precios medios de venta publicadas por el Ministerio de Hacienda por Orden EHA/3334/2010, de 16 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, que es la referencia establecida en la cláusula 18ª del contrato de financiación que dio origen al proceso monitorio XXXXX del que dimana la presente ejecución . Dicho valor, con arreglo a las tablas , es de XXXX €
Asimismo , dada la antigüedad del vehículo , solicita se aplique el correspondiente porcentaje de depreciación fijado en el anexo a dichas tablas , en este caso , de un x % , puesto que el vehículo fue matriculado en el año XXXX. Resulta , pues, un valor de adjudicación de XXXXXXX €.
En la parte dispositiva acuerdo adjudicación y entrega directa + cancelación .
Publicado: Lun 19 Mar 2012 8:38 pm
por girasol
Gracias!!!
