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Arancel del procurador en materia de recursos

Publicado: Mié 28 Mar 2012 12:12 pm
por granadina
Mi pregunta concreta es si los artículos 48 y siguientes del RD que regula los aranceles de los procuradores son aplicables a los recursos contra sentencias o también contra autos y decretos, ya que el art. 53 habla expresamente de rescisión y revisión de sentencias firmes.

Publicado: Mié 28 Mar 2012 4:45 pm
por Terminatrix
El 48 lo veo claro .
Yo aplicaría analógicamente el art. 53 a la revisión de decretos.