Contencioso: tasa
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Contencioso: tasa
Para los que entendais de ésto. Si una asociación sin ánimo de lucro tiene que interponer un contencioso (no sé cuál) ¿tiene que pagar tasa o está exenta?
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- Registrado: Jue 31 Mar 2011 2:47 pm
Entender, entender...te paso al Ministerio:
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellit ... talle.html
Exenciones subjetivas:
Personas físicas.
Entidades sin fines lucrativos a las que les sea de aplicación la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Las entidades total o parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades (a estos efectos, serán las contempladas en el artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades).
Las personas jurídicas que tengan la consideración de entidades de reducida dimensión, es decir, las entidades cuyo importe neto de cifra de negocios en el periodo impositivo inmediato anterior sea inferior a 8 millones de euros, de acuerdo con lo previsto en el artículo 108 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t2.html#a2
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellit ... talle.html
Exenciones subjetivas:
Personas físicas.
Entidades sin fines lucrativos a las que les sea de aplicación la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Las entidades total o parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades (a estos efectos, serán las contempladas en el artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades).
Las personas jurídicas que tengan la consideración de entidades de reducida dimensión, es decir, las entidades cuyo importe neto de cifra de negocios en el periodo impositivo inmediato anterior sea inferior a 8 millones de euros, de acuerdo con lo previsto en el artículo 108 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t2.html#a2
contencioso tasa
Los unicos que no deben presentar la tasa son los que gozan de exención objetiva, los que gozan de excención subjetiva, como la entidad que tu mencionas, tienen que presentar el impreso aunque esten exentos de su pago.