Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

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Top Secre
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Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

#1 Mensaje por Top Secre »

Tengo un hipotecario con Decreto de Adjudicación. El mismo día que se dicta el Decreto se envía el Mandamiento al Registrador para cancelación de hipoteca.

Hasta hace poco no solía haber problema. Pero de un tiempo para acá, el Registrador rechaza el mandamiento porque el decreto no es firme.

La solución más fácil es esperar a la firmeza de ese decreto. Sin embargo en este Juzgado a veces creemos que se va a acabar el mundo y que hay que hacer las cosas ya y han adoptado una solución que a mí no me acaba de convencer: poner en el Decreto " se declara la firmeza de este Decreto a los sólos efectos registrales" Con esto el Registrador de la Propiedad se da por satisfecho.

Pero a mí me suena raro eso de la firmeza " a los solos efectos registrales". A ver, o es firme o no lo es, porque como luego lo recurran vamos a tener problemas ( no lo van a recurrir, imagino porque fue subasta sin postores, pero nunca se sabe). Me gustaría argumentarlo de alguna manera que no fuera la simple lógica.

¿Podéis ayudarme? Gracias!
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tramiteitor
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Re: Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

#2 Mensaje por tramiteitor »

El recurso que cabe contra el decreto de adjudicación es el de reposición, sin perjuicio del cual, todo lo que se ha acordado en el decreto ha de llevarse a efecto. Por tanto, si se ordena la cancelación de la inscripción de hipoteca y el recurso que cabe no paraliza esa inscripción, el registro ha de cumplir lo que se manda en el decreto, se recurra éste, no se recurra, sea firme a todos los efectos o no lo sea. Por tanto, a efectos de cancelar la anotación por el Registro de la Propiedad (es decir, a efectos registrales) es firme, ¿o no?

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Top Secre
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Re: Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

#3 Mensaje por Top Secre »

Sí, en ése sentido no habría problema, tramiteitor.

No tengo problema en firmar un Decreto "firme a los sólos efectos registrales" por eso que comentas. En este caso no hay demasiada complicación, pero me planteo la posibilidad de que ese Decreto sea recurrido, que no se suspenda la inscripción, el recurso sea estimatorio y tengamos que deshacer lo ya hecho ( declarando, por ejemplo subsistente y sin cancelar la hipoteca). Por eso buscaba la forma de argumentar que todavía no se enviara el Decreto al Registrador y se esperara a su firmeza. Que no cuesta tanto y puede evitar problemas de cara a trabajar dos veces. Aunque quizás sea yo demasiado susceptible ¿no? ( De todos modos ya les he dicho que esto sólo en casos de subasta sin postores, para evitar que la cosa se líe a posteriori).

Pero bueno, en éste caso, no cabe otra que esperar a la firmeza del Decreto, que tampoco es tanto tiempo. No hay problema.

Y en el resto de casos, visto que el recurso no tiene efectos suspensivos, declarar la firmeza a efectos registrales o esperar a su firmeza procesal.

Gracias!
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Terminatrix
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Re: Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

#4 Mensaje por Terminatrix »

Top Secre escribió:Tengo un hipotecario con Decreto de Adjudicación. El mismo día que se dicta el Decreto se envía el Mandamiento al Registrador para cancelación de hipoteca.
Yo es que no enviaría el mandamiento hasta que el decreto fuera efectivamente firme, pese a que el eventual recurso de revisión no tenga efectos supensivos.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

belisario
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Re: Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

#5 Mensaje por belisario »

En ocasiones he utilizado la formula de que "esta resolución es ejecutable a efectos registrales", con fundamento en el artículo 17.2 LOPJ.

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tramiteitor
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Re: Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

#6 Mensaje por tramiteitor »

Si tanta duda tienes en que se vaya o no a recurrir, mejor es esperar al transcurso del plazo y, entonces, expedir el mandamiento haciendo constar que el decreto es firme a todos los efectos. Sólo se trata de controlar un plazo.

Invitado

Re: Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

#7 Mensaje por Invitado »

Yo, tampoco expido el mandamiento de cancelación hasta la firmeza del decreto de adjudicación.l

No soy un experto, ni mucho menos, en derecho hipotecario, pero creo que el art. 174 del R.H. es claro cuando dice que "Las inscripciones o anotaciones preventivas hechas en virtud de mandamiento judicial y las practicadas en virtud de escritura pública, cuando procediere la cancelación y no consintiere en ella aquel a quien ésta perjudique, no se cancelarán sino en virtud de resolución judicial que sea firme, por no admitir recurso alguno o por haber sido desestimado o haber expirado el plazo legal para promoverlo. Se exceptúa el caso de caducidad por ministerio de la Ley".

Cierto que conforme al art. 17.2, los registradores tendrían que cumplir las sentencias y demás resoluciones judicial, siempre que sean firmes o ejecutables, de acuerdo con las leyes, pero no podemos olvidar su función calificadora. Por lo tanto, entiendo que el Registrador no procederá a la cancelación del asiento, mientras no conste la firmeza a todos los efectos de la resolución, lo que implica que la misma y el mandamiento no pueden ser de la misma fecha, sin que sea válida la expresión "firme a efectos registrales". La firmeza es un concepto unitario: es firme o no. Este requisito de firmeza, exigido para las cancelaciones, es aplicable tambien a las inscripciones (por ejemplo de una sentencia). Es más, cuando se trata de sentencias dictadas en rebeldía, no basta la firmeza para practicar la inscripción o cancelación, se ha de tener en cuenta el plazo de caducidad de la acción rescisoria del art. 502 LEC.

Sin embargo no se requiere firmeza para proceder a las anotaciones preventivas (de demanda o embargo). En éstas, la fecha de la resolución y del mandamiento pueden ser la misma, sin que sea necesario, añadir la coletilla "firme a efectos registrales", pues en ningún lugar del ordenamiento jurídico se exige la firmeza para realizar este tipo de asientos.

Espero no habierme liado. Saludos.

MAGB

Re: Hipotecario con decreto de adjudicación no firme.

#8 Mensaje por MAGB »

Los Registradores con los que yo he topado exigen que, en el mandamiento de anotación preventiva, conste la firmeza de la resolución y, ahí, es donde utilizo la fórmula de "firme a efectos registrales", dado que el hipotético recurso carece de efectos suspensivos, pero, en el decreto de adjudicacion, lo normal es poner en el mismo, "... una vez firme la presente resolución, líbrese el correspondiente mandamiento..."
Saludos.

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