Prescripción de Faltas
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
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Prescripción de Faltas
Hola:
Tengo un problema a ver si alguien me puede ayudar. Tengo un caso de Faltas, agresión a un menor por un mayor el 30-05-12, denunciado el mismo día ante la GC, aún no se ha celebrado el juicio y temo que prescriba, sé que se ha incoado, pues he ido varias veces al juzgado y me han dado el número, pero nada más, no hay más actuaciones.
No quiero que el cliente me pueda pedir responsabilidad por no actuar para que no prescriba, ¿Qué escrito puedo hacer?, porque aunque he hecho gestiones casi todos los meses, pero han sido personalmente y no tengo constancia escrita de ellas y tal como están las cosas no quiero sorpresas.
Gracias anticipadas, Saludos cordiales,
jbr
Tengo un problema a ver si alguien me puede ayudar. Tengo un caso de Faltas, agresión a un menor por un mayor el 30-05-12, denunciado el mismo día ante la GC, aún no se ha celebrado el juicio y temo que prescriba, sé que se ha incoado, pues he ido varias veces al juzgado y me han dado el número, pero nada más, no hay más actuaciones.
No quiero que el cliente me pueda pedir responsabilidad por no actuar para que no prescriba, ¿Qué escrito puedo hacer?, porque aunque he hecho gestiones casi todos los meses, pero han sido personalmente y no tengo constancia escrita de ellas y tal como están las cosas no quiero sorpresas.
Gracias anticipadas, Saludos cordiales,
jbr
La mente es como un paracaidas, sólo funciona cuando se abre
- jbr.abogado
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Re: Prescripción de Faltas
Hola:
Gracias por la opinión.
Saludos,
Jbr
Gracias por la opinión.
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La mente es como un paracaidas, sólo funciona cuando se abre
- Maricarmen
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Re: Prescripción de Faltas
Presenta escrito de denuncia a nombre del legal representante del menor diciendo que actua como su representante legal y solicita en el la prueba, solicita que sea reconocido el lesionado ( supongo que eres de la parte perjudicada porque de no ser asi mejor estate quietecito) por el medico forense, aporta factura de la farmacia, informes medicos y solicita el señalamiento del juicio y la citacion por el juzgado de fulano y mengano, al considerar que sin la citacion judicial no compareceran, y solicita
el impulso del procedimiento.
el impulso del procedimiento.
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca
- jbr.abogado
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Re: Prescripción de Faltas
Hola Maricarmen:
Muchas gracias por la aportación, es lo que estoy haciendo, pero no sabía cómo enfocarlo exactamente, pero me has dado luz. Mañana lo presento. Gracias de nuevo. Y claro que soy de la parte denunciante, jajaja, eso es lo que haría falta, que no lo fuera, jajja.
Saludos,
jbr
Muchas gracias por la aportación, es lo que estoy haciendo, pero no sabía cómo enfocarlo exactamente, pero me has dado luz. Mañana lo presento. Gracias de nuevo. Y claro que soy de la parte denunciante, jajaja, eso es lo que haría falta, que no lo fuera, jajja.
Saludos,
jbr
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- Terminatrix
- Moderador
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Re: Prescripción de Faltas
Invitado escribió:Cambiar de abogado
Vamos a ver ¿qué clase de respuesta es ésa? Si es la típica "gracieta", pues como que no se la veo. Te recuerdo las normas básicas de posteo relativas a las respuestas.
Al responder
No respondas de oídas o en base a recuerdos vagos
Fundamenta tus respuestas
Responde con respeto
No existen dudas tontas. Nadie nace enseñado y por simple que pueda parecer una cuestión, en algún momento la aprendimos. Respeta al ponente y a los contertulios, aunque en tu opinión estén equivocados. Piensa que detrás de cada mensaje, por anónimo que sea, siempre hay una persona.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
- jbr.abogado
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Re: Prescripción de Faltas
Estimado Terminatrix:
Gracias por recordar las normas básica de pertenencia a cualquier foro y más a uno de estas características. No hay que preocuparse, aunque no era la respuesta que esperaba, por lo menos se habrá sentido feliz mientras lo escribía.
Saludos cordiales,
jbr
Gracias por recordar las normas básica de pertenencia a cualquier foro y más a uno de estas características. No hay que preocuparse, aunque no era la respuesta que esperaba, por lo menos se habrá sentido feliz mientras lo escribía.
Saludos cordiales,
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La mente es como un paracaidas, sólo funciona cuando se abre
- Terminatrix
- Moderador
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- Registrado: Jue 28 Ene 2010 12:12 am
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Re: Prescripción de Faltas
Estimada, ¿eh?
No hay de qué. Es parte del trabajo del moderador
Por cierto, gracias a ti por no entrar al trapo.
No hay de qué. Es parte del trabajo del moderador
Por cierto, gracias a ti por no entrar al trapo.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
- jbr.abogado
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Re: Prescripción de Faltas
Estimada Terminatix:
Lo siento, no te vi la cara , és lo que tienen los nick. No, no hay que entrar a este tipo de provocaciones, pero se habrá sentido feliz, algo bueno hemos hecho.
Saludos cordiales,
jbr
Lo siento, no te vi la cara , és lo que tienen los nick. No, no hay que entrar a este tipo de provocaciones, pero se habrá sentido feliz, algo bueno hemos hecho.
Saludos cordiales,
jbr
La mente es como un paracaidas, sólo funciona cuando se abre
Re: Prescripción de Faltas
Con la reforma del Código penal de 2010, ¿el juicio de faltas que se encuentre paralizado por causas imputables al juzgado durante un plazo mayor a dos mese se entendería prescrito?
- Maricarmen
- Mensajes: 851
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Re: Prescripción de Faltas
no, dos meses no, pero seis meses si.
La reforma lo que hizo fue solucionar esos casos en que esperaban hasta el ultimo dia para poner la denuncia (normalmente lesiones imprudentes) y pensaban que al haber presentado el escrito de denuncia en el registro de entrada el dia anterior a que se cumpliese el plazo de seis meses desde los hechos ya estaba.... y se encontraban con que entre el registro del escrito, el turno en el decanato, la remision al juzgqd turnado, la entradda en el juzgado turnado, la aceptacion y la minuta, se ponia el auto de incoacion veinte dias o un mes despues y claro, era una prescripcion, pues habian pasado los seis meses SIN RESOLUCION JUDICIAL DE ADMISION y eso era una prescricion. La reforma concede dos meses, ademas de los seis meses, para todo ese camino hasta el auto.
La reforma lo que hizo fue solucionar esos casos en que esperaban hasta el ultimo dia para poner la denuncia (normalmente lesiones imprudentes) y pensaban que al haber presentado el escrito de denuncia en el registro de entrada el dia anterior a que se cumpliese el plazo de seis meses desde los hechos ya estaba.... y se encontraban con que entre el registro del escrito, el turno en el decanato, la remision al juzgqd turnado, la entradda en el juzgado turnado, la aceptacion y la minuta, se ponia el auto de incoacion veinte dias o un mes despues y claro, era una prescripcion, pues habian pasado los seis meses SIN RESOLUCION JUDICIAL DE ADMISION y eso era una prescricion. La reforma concede dos meses, ademas de los seis meses, para todo ese camino hasta el auto.
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca
Re: Prescripción de Faltas
No entiendo muy bien el tema de la prescripción de las faltas; leyendo la reforma ¿podemos entender que
1º) hay dos meses para presentar la denuncia o querella;
2º) dos meses más para dictar resolución motivada contra persona determinada o seis3º ) y a partir de aquí si el procedimiento ha estado paralizado seis meses, prescripción?
4º) los señamientos y citaciones a juicio sí tienen transcedencia procesal e interrunpen el plazo de prescripción??
Gracias de antemano.
1º) hay dos meses para presentar la denuncia o querella;
2º) dos meses más para dictar resolución motivada contra persona determinada o seis3º ) y a partir de aquí si el procedimiento ha estado paralizado seis meses, prescripción?
4º) los señamientos y citaciones a juicio sí tienen transcedencia procesal e interrunpen el plazo de prescripción??
Gracias de antemano.
Re: Prescripción de Faltas
No: dos meses para presentar denuncia o querella ( suspensión plazo prescripción); si dentro de esos dos meses se dicta resolución contra el denunciado o querellano se interrumpe la prescripción , volvemos a partir de 0 y comienza a correr de nueve desde que se paraliza el procedimiento .
Re: Prescripción de Faltas
Y si la denuncia se presenta en la policía/guardia civil y no en el órgano judicial ¿ Entendemos que hay seis meses para presentarla?