Tras leer la última convocatoria de oposiciones a SJ (BOE 8 de Julio) compruebo que se establece el acceso por promoción interna a Gestores INTERINOS con dos años de antigüedad en el desempeño de sus funciones.
Desconozco si esto había sido así en anteriores convocatorias, pero desde luego, no solo no me parece lógico, sino que incluso esta vía de acceso a gestores interinos considero que, cuando menos, (por no hablar de una vulneración de los principios de igualdad, mérito y capacidad) supone un agravio comparativo respecto de Secretarios Judiciales sustitutos, que podemos estar años y años trabajando y sin embargo, dado el inexistente interés en convocar el concurso-oposición previsto en el artículo 31 del Reglamento tanto por este Ministerio como por todos los anteriores, si queremos acceder al cuerpo de Secretarios tenemos obligatoriamente que ir por el turno libre.
Me gustaría saber qué pensáis al respecto y si alguien tiene conocimiento de que se haya impugnado alguna vez la convocatoria por este motivo.
Saludos.
De Gestor interino a Secretario Judicial.
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Re: De Gestor INTERINO a Secretario Judicial
Hola la convocatoria del BOE 8 de julio, no permite pasar de GESTOR INTERINO a Secretario Judicial, sino que el tiempo que prestas de gestor interino se computa a efectos del plazo de DOS AÑOS para poder promocionar a Secretario Judicial por promoción interna, pero SIEMPRE QUE SEAS GESTOR TITULAR, tienes que haber aprobado la oposición de gestión. Respecto del concurso-oposición del artículo 31 que tanto reclamas sería una vulneración de por lo menos los principios de MÉRITO y CAPACIDAD respecto de los que no han trabajado como sustitutos, y no creo que estés de acuerdo con una INJUSTICIA, saludos.
Re: De Gestor INTERINO a Secretario Judicial
Creo que debes volver a leer la convocatoria. Para acceder por promoción interna debes cumplir dos requisitos; ser funcionario de carrera y tener dos años de antigüedad en cuerpo de gestión procesal ( como titular o como interino). Por tanto, no existe agravio comparativo alguno...
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Re: De Gestor interino a Secretario Judicial.
Ah, entonces de Auxilio titular a gestor interino y de ahí a Secretario no? Sigo pensando que deberían ser Gestores no interinos, sino titulares en cualquier caso. O a lo mejor basta con ser funcionario en cualquier cuerpo de la Administración y luego trabajar como Gestor interino dos años?
Gracias por la aclaración pero sigo sin encontrarle ningún sentido.
Saludos
Gracias por la aclaración pero sigo sin encontrarle ningún sentido.
Hombre, faltaría más que para un concurso-oposición de cualquier cuerpo pudiera presentarse el que no tiene méritos para ello. Precisamente para eso es un concurso-oposición. Por suerte yo no puedo presentarme a un concurso-oposición de personal de AENA, porque no he trabajado nunca ahí y no sé de qué va el rollo. No sé si me explico.eduardyn escribió:Hola la convocatoria del BOE 8 de julio, no permite pasar de GESTOR INTERINO a Secretario Judicial, sino que el tiempo que prestas de gestor interino se computa a efectos del plazo de DOS AÑOS para poder promocionar a Secretario Judicial por promoción interna, pero SIEMPRE QUE SEAS GESTOR TITULAR, tienes que haber aprobado la oposición de gestión. Respecto del concurso-oposición del artículo 31 que tanto reclamas sería una vulneración de por lo menos los principios de MÉRITO y CAPACIDAD respecto de los que no han trabajado como sustitutos, y no creo que estés de acuerdo con una INJUSTICIA, saludos.
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Re: De Gestor interino a Secretario Judicial.
Tema Aclarado. Efectivamente había leído mal y es necesario ser Gestor procesal titular. Lo otro me parecía una barbaridad.
Gracias!
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