Página 1 de 1
Pago de indemnización al Ministerio del Interior.
Publicado: Mar 10 Sep 2013 12:01 pm
por Invitador
Buenos días, a ver si me podéis echar un cablecillo.
En una ejecutoria tengo al Ministerio del Interior como beneficiario de una indemnización que acaba de ingresar una aseguradora, y me surge la duda de si conforme al art. 13 del decreto regulador de la cuenta de depósitos podría hacérsele facilmente el pago por transferencia a la 5555.
A ver qué os parece.
Gracias.
Re: Pago de indemnización al Ministerio del Interior.
Publicado: Dom 15 Sep 2013 9:42 am
por Terminatrix
Si está personado, pregunta la cuenta a la que quiere se haga la transferencia. No pocos organismos ( RENFE, Abogacía del Estado, el CCS...) tienen cuenta propia para pagos.
Re: Pago de indemnización al Ministerio del Interior.
Publicado: Lun 16 Sep 2013 3:41 pm
por Víctor Blanco
Hola, yo creo que no es una vía correcta, el 5555 es la cuenta del Tesoro Público dependiente del Minsterio de Hacienda, por lo que entiendo que el pago se lo harías (si cabe) a este Ministerio.
Alguna vez se nos ha dado el caso por daños en coches policiales o similares y hemos expedido mandamiento de devolución a favor del Ministerio del Interior o incluso Dirección General de la Policía y se ha entregado a alguien de la Subdelegación del Gobierno en la ciudad.
Un saludo a todos.
Re: Pago de indemnización al Ministerio del Interior.
Publicado: Mar 17 Sep 2013 12:11 am
por Invitado
Yo también hice alguna vez como dice Victor, pero lo correcto es lo que dice Terminatrix. Oficia a la Abogacía del Estado para que te informen a qué cuenta hacer el ingreso y verás como te responden rapidito.
Re: Pago de indemnización al Ministerio del Interior.
Publicado: Mar 05 Nov 2013 7:06 pm
por Carlos Valiña