Hola a todos, se me plantea un problema a la hora de ejecutar una sentencia de inhabilitacion de cargo publico de un alcalde. ¿A quien debo notificar dicha sentencia? ¿Al pleno? ¿Administraciones publicas?
Gracias
Ejecución inhabilitación cargo público: cómo.
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Re: Ejecución inhabilitación cargo público: cómo.
La sentencia debe especificar el concreto empleo, cargo u honor sobre el que recae la inhabilitación especial, Art 42 C. Penal. En este caso el cargo de alcalde del municipio X. En casos parecidos p.ej inhabilitación profesión médica nosotros citamos para requerir expresamente al penado bajo apercibimiento de quebrantamiento de condena y entiendo que debe notificarse con algún acuse de recibo al Secretario del Ayuntamiento.
Re: Ejecución inhabilitación cargo público: cómo.
Pero entonces habría que comunicarlo a todos los ayuntamientos de España.
Como para ser alcalde pedirán los antecedentes penales pues el condenado a esa inhabilitación será inelegible.
Como para ser alcalde pedirán los antecedentes penales pues el condenado a esa inhabilitación será inelegible.
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Re: Ejecución inhabilitación cargo público: cómo.
Se manda a la Oficina del Censo y a la Junta Electoral Central.
Un saludo.
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