por darabia » Jue 28 May 2020 12:28 pm
Pues dependerá del motivo de borrado. Entiendo que si es por una mera cuestión técnica, un problema en la documentación del acto, bastará con una diligencia nuestra. Si es por un motivo de fondo relacionado con la investigación, porque el Juez considere que deba borrarse por un motivo u otro será una resolución del Juez.
Pues dependerá del motivo de borrado. Entiendo que si es por una mera cuestión técnica, un problema en la documentación del acto, bastará con una diligencia nuestra. Si es por un motivo de fondo relacionado con la investigación, porque el Juez considere que deba borrarse por un motivo u otro será una resolución del Juez.