por prado » Mié 15 Jul 2020 2:14 pm
Buenos días compañeros:
Uno de los integrantes de una rueda de reconocimiento llevada a cabo en mi juzgado ha presentado un escrito solicitando indemnización de daños y perjuicios alegando que fue obligado a ello por la Guardia Civil y que perdió el día de trabajo como autónomo (lo cual no acredita).
No veo cómo resolver esto, pues, que yo conozca, la única indemnización que está regulada en las leyes procesales es la de los testigos: art. 375 de la L.E.C. y no conozco ninguna otra normativa en la que fundarme.
Se me ocurre que en caso de que este señor tenga derecho a una indemnización le correspondería estimarlo, en su caso, a la Administración General del Estado o a la Administración autonómica, y que entonces podría dictarse una resolución por falta de jurisdicción.
¿Cómo lo veis?
Muchas gracias
Buenos días compañeros:
Uno de los integrantes de una rueda de reconocimiento llevada a cabo en mi juzgado ha presentado un escrito solicitando indemnización de daños y perjuicios alegando que fue obligado a ello por la Guardia Civil y que perdió el día de trabajo como autónomo (lo cual no acredita).
No veo cómo resolver esto, pues, que yo conozca, la única indemnización que está regulada en las leyes procesales es la de los testigos: art. 375 de la L.E.C. y no conozco ninguna otra normativa en la que fundarme.
Se me ocurre que en caso de que este señor tenga derecho a una indemnización le correspondería estimarlo, en su caso, a la Administración General del Estado o a la Administración autonómica, y que entonces podría dictarse una resolución por falta de jurisdicción.
¿Cómo lo veis?
Muchas gracias