por Ayudante » Lun 21 Sep 2020 10:23 am
Actualmente, la entrega del permiso tiene más carácter simbólico que efectos prácticos.
Lo importante es:
- Requerir de cumplimiento con los apercibimientos oportunos. Será la fecha de inicio del cumplimiento de la pena.
- Hacer la liquidación de condena y notificarla.
- Anotar correctamente la liquidación en el Registro de Penados, con la fecha de inicio y la de fin. Esa liquidación pasa a la DGT, de modo que si le paran, aunque el penado enseñe el permiso, los agentes comprobarán en su base de datos que está cumpliendo condena.
No obstante lo anterior, yo a veces, para estos caraduras, les requiero de entrega bajo apercibimiento de un delito de desobediencia. Suele funcionar.
Actualmente, la entrega del permiso tiene más carácter simbólico que efectos prácticos.
Lo importante es:
- Requerir de cumplimiento con los apercibimientos oportunos. Será la fecha de inicio del cumplimiento de la pena.
- Hacer la liquidación de condena y notificarla.
- Anotar correctamente la liquidación en el Registro de Penados, con la fecha de inicio y la de fin. Esa liquidación pasa a la DGT, de modo que si le paran, aunque el penado enseñe el permiso, los agentes comprobarán en su base de datos que está cumpliendo condena.
No obstante lo anterior, yo a veces, para estos caraduras, les requiero de entrega bajo apercibimiento de un delito de desobediencia. Suele funcionar.