Requerimiento 589 LEC: ¿Personal o no?

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Re: Requerimiento 589 LEC: ¿Personal o no?

por Paloma69 » Sab 22 May 2021 3:22 pm

En mi caso, me quedo con el 153 de la LEC (a través de su procurador). De hecho, tendría un cariz intimidatorio hacerlo saltándose a su representación procesal e incluso desmoronaría todo el edificio de la personación, digamos.

Artículo 153. Comunicación por medio de procurador.

La comunicación con las partes personadas en el juicio se hará a través de su procurador cuando éste las represente. El procurador firmará las notificaciones, emplazamientos, citaciones y requerimientos de todas clases que deban hacerse a su poderdante en el curso del pleito, incluso las de sentencias y las que tengan por objeto alguna actuación que deba realizar personalmente el poderdante.

Requerimiento 589 LEC: ¿Personal o no?

por Sj civile » Jue 20 May 2021 2:53 pm

Buenas compañeros, debatiamos hoy en el desayuno si el requerimiento del 589 en ejecución, si el ejecutado está representado por Procurador, debe ser personal o vale a este último
En el blog justicia y prehistoria, nuestro compi dice que no vale al Procurador y debe ser personalismo, pero si miráis el artículo de wolter kluwers relativo a ello que trata muy bien la cuestión, entiende que es perfectamente válido el realizado al Procurador si esta por el representado
Para gustos los colores
Con que criterio os quedáis?

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