por Top Secre » Lun 23 May 2022 11:50 am
Tengo un asunto con una diferencia de criterios con el Notario que me gustaría que si alguien puede me explique.
Nos entra un procedimiento de jurisdicción voluntaria impugnando una declaración de herederos abintestato hecha ante Notario. Leyendo la Ley de Jurisdicción voluntaria, esto se tramita como un recurso de revisión puro y duro a resolver por el Juez.
El problema es que la parte solicitante no aporta el expediente electrónico y me pide que se lo reclame yo al Notario, que a su vez me dice que esto genera unos aranceles, que quién se los paga.
Por un lado creo que la parte solicitante debería haber aportado el expediente notarial porque ha sido parte en él, pero por alguna razón no lo hace e insiste en que se pida por el Juzgado.
Por otro lado el Notario, que está muy a la defensiva y se ha tomado el asunto como algo personal o una mancha en su expediente como me ha dicho por teléfono me ha tirado de las orejas citándome la ley del Notariado y diciendo que él no tiene por qué facilitar el expediente y menos gratis salvo que se trate de una diligencias preliminares.
Yo creo que el Juzgado no puede suplir la inactividad de la parte, y que debe ser la solicitante la que lo aporte y lo reclame al Notario si es que no lo tiene, pero la Magistrada veía que había que pedirlo, y cuando se ha pedido el Notario me dice eso.
He estado leyendo unos comentarios a la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria y creo que el Notario se equivoca, porque tiene la percepción de que él no ha sido parte en el procedimiento cuando es su resolución la que está siendo impugnada judicialmente. Es decir, que independientemente de la obligación de la parte de solicitarlo él también estaría obligado a aportar ese expediente en virtud de ese deber de colaboración que tiene con la AD. de Justicia. Creo que esto no va de aranceles sino de que la legitimación del Notario en mi procedimiento es como órgano decisor cuya resolución ha sido impugnada.
Vamos, que para mí se trata de un asunto de competencia devolutiva y deber de colaboración y para él de una reclamación que genera aranceles y un insulto a su profesionalidad (textual) por cuestionar su decisión ante el Juez. Está muy enfadado...
Yo sigo reclamado el expediente notarial a la parte solicitante, pero si alguien puede ayudarme con el tema del Notario lo agradezco.
Tengo un asunto con una diferencia de criterios con el Notario que me gustaría que si alguien puede me explique.
Nos entra un procedimiento de jurisdicción voluntaria impugnando una declaración de herederos abintestato hecha ante Notario. Leyendo la Ley de Jurisdicción voluntaria, esto se tramita como un recurso de revisión puro y duro a resolver por el Juez.
El problema es que la parte solicitante no aporta el expediente electrónico y me pide que se lo reclame yo al Notario, que a su vez me dice que esto genera unos aranceles, que quién se los paga.
Por un lado creo que la parte solicitante debería haber aportado el expediente notarial porque ha sido parte en él, pero por alguna razón no lo hace e insiste en que se pida por el Juzgado.
Por otro lado el Notario, que está muy a la defensiva y se ha tomado el asunto como algo personal o una mancha en su expediente como me ha dicho por teléfono me ha tirado de las orejas citándome la ley del Notariado y diciendo que él no tiene por qué facilitar el expediente y menos gratis salvo que se trate de una diligencias preliminares.
Yo creo que el Juzgado no puede suplir la inactividad de la parte, y que debe ser la solicitante la que lo aporte y lo reclame al Notario si es que no lo tiene, pero la Magistrada veía que había que pedirlo, y cuando se ha pedido el Notario me dice eso.
He estado leyendo unos comentarios a la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria y creo que el Notario se equivoca, porque tiene la percepción de que él no ha sido parte en el procedimiento cuando es su resolución la que está siendo impugnada judicialmente. Es decir, que independientemente de la obligación de la parte de solicitarlo él también estaría obligado a aportar ese expediente en virtud de ese deber de colaboración que tiene con la AD. de Justicia. Creo que esto no va de aranceles sino de que la legitimación del Notario en mi procedimiento es como órgano decisor cuya resolución ha sido impugnada.
Vamos, que para mí se trata de un asunto de competencia devolutiva y deber de colaboración y para él de una reclamación que genera aranceles y un insulto a su profesionalidad (textual) por cuestionar su decisión ante el Juez. Está muy enfadado...
Yo sigo reclamado el expediente notarial a la parte solicitante, pero si alguien puede ayudarme con el tema del Notario lo agradezco.