por Luis T. » Dom 26 Jun 2022 6:52 pm
Buenas tardes,
os agradecería vuestra ayuda en este tema. En un procedimiento de ejecución no se encuentran bienes a la parte ejecutada. No obstante, en su día la parte y ejecutante y ejecutada celebraron un contrato privado de compraventa sobre una finca. La finca estaba inscrita antes a nombre del ejecutante y sigue así.
La parte ejecutante ha pedido en varias ocasiones el embargo no de la finca, si no del derecho que tiene la compradora, es decir, no de un derecho real sino personal. El caso es que siempre se ha negado en base a que el bien no está inscrito a nombre de la ejecutada y solo al del ejecutante. Lo último que tengo es un recurso en el sigue insistiendo en que se confunde el derecho real con el personal y, además, el se compromete, en caso de subasta, a quedarse con el bien.
Estoy venga a mirar información y la verdad es que no sé por dónde tirar. Por un lado, creo que sí cabe la embargabilidad de derechos como el que él indica pero no acabo de estar convencido.
¿Entendéis que cabe la admisión del recurso y el embargo del derecho de la compradora en el contrato de compraventa?, o, ¿debe inadmitirse al no constar la finca inscrita en el RP?.
Gracias de antemano.
Buenas tardes,
os agradecería vuestra ayuda en este tema. En un procedimiento de ejecución no se encuentran bienes a la parte ejecutada. No obstante, en su día la parte y ejecutante y ejecutada celebraron un contrato privado de compraventa sobre una finca. La finca estaba inscrita antes a nombre del ejecutante y sigue así.
La parte ejecutante ha pedido en varias ocasiones el embargo no de la finca, si no del derecho que tiene la compradora, es decir, no de un derecho real sino personal. El caso es que siempre se ha negado en base a que el bien no está inscrito a nombre de la ejecutada y solo al del ejecutante. Lo último que tengo es un recurso en el sigue insistiendo en que se confunde el derecho real con el personal y, además, el se compromete, en caso de subasta, a quedarse con el bien.
Estoy venga a mirar información y la verdad es que no sé por dónde tirar. Por un lado, creo que sí cabe la embargabilidad de derechos como el que él indica pero no acabo de estar convencido.
¿Entendéis que cabe la admisión del recurso y el embargo del derecho de la compradora en el contrato de compraventa?, o, ¿debe inadmitirse al no constar la finca inscrita en el RP?.
Gracias de antemano.