por marecuadrado » Mar 13 Jun 2023 11:39 pm
Si no es necesaria la intervención, y le han denegado la AJG, el Juez se puede pronunciar, pero no veo por qué el LAJ no lo pueda hacer, únase a los autos de su razón la denegación y estese a lo acordado en el trámite anterior, sin perjuicio que el fulano pueda comparecer con asistencia letrada y procurador de libre designación, por lo que comentas ha de ser una reclamación de cantidad inferior a 2000 euros....
Si no es necesaria la intervención, y le han denegado la AJG, el Juez se puede pronunciar, pero no veo por qué el LAJ no lo pueda hacer, únase a los autos de su razón la denegación y estese a lo acordado en el trámite anterior, sin perjuicio que el fulano pueda comparecer con asistencia letrada y procurador de libre designación, por lo que comentas ha de ser una reclamación de cantidad inferior a 2000 euros....