por Akhenatonio » Mié 27 Sep 2023 11:22 pm
No estoy de acuerdo. Las costas son una ayuda para resarcir en los gastos a la parte. No he visto todavía una actuación telemática de un particular en el Juzgado. Las que se ven son de profesionales. ¿Es que si el profesional por lo que sea hace su actuación telemática no tiene derecho a resarcirse la parte conforme al 32.5 LEC? Eso es como si considerar que por hacer el Juzgado una actuación telemática en un Juicio, no cobra el agente, no cobra el oficial, no cobra el LAJ ni el juzgador, porque "se sufre menos" al no oir en persona tantas tonterías como oímos a diario y ser más fácil cortar los alegatos. Sería ridículo pensar eso. Esa interpretación no se sostiene y es coger el rábano por las hojas para no indemnizar a la parte.
Si se condenase en costas más a menudo (los morosos profesionales es notorio que conocen que por debajo de 2.000€ es muy difícil la condena en costas y en los monitorios tampoco las hay), habría mucho menos carga de trabajo en los Juzgados y se lo pensarían dos veces antes de dejar de pagar deudas clarísimas como vemos con tanta y tanta frecuencia por la sencilla razón de que el moroso sabe que "le sale gratis" y así alarga el proceso y además "si hay suerte" igual por error cae de su lado.
Las condenas en costas en los Juzgados, deberían ser en mi opinión mucho mas frecuentes de lo que se ve normalmente en las que a menudo por no conceder una petición colateral al principal de la demanda, tampoco se dan. No digo ya nada con la cantidad de recursos con los que algunos abogados inundan un proceso para dilatarlo "ad eternum" saliendo totalmente de rositas pese a ver sus recursos totalmente rechazados.
No estoy de acuerdo. Las costas son una ayuda para resarcir en los gastos a la parte. No he visto todavía una actuación telemática de un particular en el Juzgado. Las que se ven son de profesionales. ¿Es que si el profesional por lo que sea hace su actuación telemática no tiene derecho a resarcirse la parte conforme al 32.5 LEC? Eso es como si considerar que por hacer el Juzgado una actuación telemática en un Juicio, no cobra el agente, no cobra el oficial, no cobra el LAJ ni el juzgador, porque "se sufre menos" al no oir en persona tantas tonterías como oímos a diario y ser más fácil cortar los alegatos. Sería ridículo pensar eso. Esa interpretación no se sostiene y es coger el rábano por las hojas para no indemnizar a la parte.
Si se condenase en costas más a menudo (los morosos profesionales es notorio que conocen que por debajo de 2.000€ es muy difícil la condena en costas y en los monitorios tampoco las hay), habría mucho menos carga de trabajo en los Juzgados y se lo pensarían dos veces antes de dejar de pagar deudas clarísimas como vemos con tanta y tanta frecuencia por la sencilla razón de que el moroso sabe que "le sale gratis" y así alarga el proceso y además "si hay suerte" igual por error cae de su lado.
Las condenas en costas en los Juzgados, deberían ser en mi opinión mucho mas frecuentes de lo que se ve normalmente en las que a menudo por no conceder una petición colateral al principal de la demanda, tampoco se dan. No digo ya nada con la cantidad de recursos con los que algunos abogados inundan un proceso para dilatarlo "ad eternum" saliendo totalmente de rositas pese a ver sus recursos totalmente rechazados.