por oscarin83 » Jue 16 Nov 2023 9:44 pm
no estoy tan seguro que se pueda. En las ejecuciones solamente está previsto el embargo de sobrante por el 611, no cantidades que pueda recibir. Tendría que ver jurisprudencia por si se puede embargar. Se podría entender como depósito o saldo del 588.2 lec? buena pregunta
no estoy tan seguro que se pueda. En las ejecuciones solamente está previsto el embargo de sobrante por el 611, no cantidades que pueda recibir. Tendría que ver jurisprudencia por si se puede embargar. Se podría entender como depósito o saldo del 588.2 lec? buena pregunta