por Julian Gutierrez Benitez » Mié 10 Mar 2004 6:54 pm
Segun la NLOPJ ¿quien firma los actos de comunicacion que se realicen dentro del organo judicial?
Por otro lado, me podriais aclarar si la oficina judicial se entiende como Secretaria judicial, es decir si los Secretarios son los responsables de los expedientes y tienen que custodiarlos, ¿legalmente pueden tenerlo los funcionarios en sus armarios?
Muchas gracias y felicidades por este magnifico foro.
Segun la NLOPJ ¿quien firma los actos de comunicacion que se realicen dentro del organo judicial?
Por otro lado, me podriais aclarar si la oficina judicial se entiende como Secretaria judicial, es decir si los Secretarios son los responsables de los expedientes y tienen que custodiarlos, ¿legalmente pueden tenerlo los funcionarios en sus armarios?
Muchas gracias y felicidades por este magnifico foro.