por Invitado » Mar 05 Feb 2008 3:12 pm
A ver centrémonos: cuando entró en vigor la nueva LEC desparacieron las propuestas de resolución (de providencias y autos) que hasta entonces hacía el Secretario: la explicación a ello se contiene en la propia Exposición de Motivos de la LEC. Quedó entonces como reducto esa referencia a las propuestas de Auto en las Declaraciones de herederos, lo que llevó a algunos SJ a defender que eso seguía siendo de nuestra competencia. Otros empezaron a dictar Decretos, en esa y en otras materias, que es lo que el Fiscal General tiene ordenado recurrir (y con razón). Hoy día yo creo que ningún SJ dicta Propuestas de Auto. Al margen de lo que diga la antigua LEC, el espíritu de la reforma era el que dice la E. M. y la referencia a la propuesta de resolución es sólo uno de esos olvidos a los que el legislador nos tiene acostumbrados (también la LECrim debe seguir hablando de alguaciles y cosas así). Y, por cierto, que hasta el programa LIBRA mantiene las propuestas de providencia y de auto por alguna parte, que a veces me las encuentro y por no hacerles repetir el trabajo, lo dejo como está (suelen ser cositas sin importancia).
A estas alturas, yo no haría ninguna propuesta de nada. Si la cosa se pone fea, consulta al S. Gobierno.
Como curiosidad: cuando se hacían, la fórmula era: Así lo propongo y firmo, etc. Y a continuación: conforme. El Juez.
En resumen,
A ver centrémonos: cuando entró en vigor la nueva LEC desparacieron las propuestas de resolución (de providencias y autos) que hasta entonces hacía el Secretario: la explicación a ello se contiene en la propia Exposición de Motivos de la LEC. Quedó entonces como reducto esa referencia a las propuestas de Auto en las Declaraciones de herederos, lo que llevó a algunos SJ a defender que eso seguía siendo de nuestra competencia. Otros empezaron a dictar Decretos, en esa y en otras materias, que es lo que el Fiscal General tiene ordenado recurrir (y con razón). Hoy día yo creo que ningún SJ dicta Propuestas de Auto. Al margen de lo que diga la antigua LEC, el espíritu de la reforma era el que dice la E. M. y la referencia a la propuesta de resolución es sólo uno de esos olvidos a los que el legislador nos tiene acostumbrados (también la LECrim debe seguir hablando de alguaciles y cosas así). Y, por cierto, que hasta el programa LIBRA mantiene las propuestas de providencia y de auto por alguna parte, que a veces me las encuentro y por no hacerles repetir el trabajo, lo dejo como está (suelen ser cositas sin importancia).
A estas alturas, yo no haría ninguna propuesta de nada. Si la cosa se pone fea, consulta al S. Gobierno.
Como curiosidad: cuando se hacían, la fórmula era: Así lo propongo y firmo, etc. Y a continuación: conforme. El Juez.
En resumen,