por Administrador » Lun 21 Abr 2014 9:27 am
Técnicamente no es así, la colegiación no es obligatoria para el ejercicio de la profesión de SJ y sus cuotas no pueden desgravarse; tampoco tiene un carácter sindical porque ni es un sindicato ni tiene reconocidas capacidades negociadoras.
Otra cosa es que Hacienda lo tolere más o menos pasivamente, cosa que hace también en otras profesiones... hasta que hay una inspección individual, en que van a arañar todo lo que encuentren. De cada uno depende si asume o no los riesgos.
Técnicamente no es así, la colegiación no es obligatoria para el ejercicio de la profesión de SJ y sus cuotas no pueden desgravarse; tampoco tiene un carácter sindical porque ni es un sindicato ni tiene reconocidas capacidades negociadoras.
Otra cosa es que Hacienda lo tolere más o menos pasivamente, cosa que hace también en otras profesiones... hasta que hay una inspección individual, en que van a arañar todo lo que encuentren. De cada uno depende si asume o no los riesgos.