por Jotaerre » Lun 23 Feb 2015 8:07 pm
Quisiera leer más opiniones, porque tampoco me aclaro: en la admisión se fija fecha de lanzamiento "si no hay oposición" (y la actora puede pedir su ejecución ya en la demanda), pero también se fija fecha si hay oposición, por tanto no hace falta pedirlar tras la Sentencia... entonces, ¿la diferencia estriba en si coinciden o no ambas fechas?
Saludos (sigo pensando que podría aplicarse en cualquier caso el 704),
Quisiera leer más opiniones, porque tampoco me aclaro: en la admisión se fija fecha de lanzamiento "si no hay oposición" (y la actora puede pedir su ejecución ya en la demanda), pero también se fija fecha si hay oposición, por tanto no hace falta pedirlar tras la Sentencia... entonces, ¿la diferencia estriba en si coinciden o no ambas fechas?
Saludos (sigo pensando que podría aplicarse en cualquier caso el 704),