por halapamin » Jue 05 Mar 2015 9:23 pm
Buenas tardes, en un proceso monitorio como todos sabemos, prima la sumariedad, proceso con deuda líquida, vencida y exigible, en el que caben dos opciones, el pago o la oposición, aunque también dejar pasar el plazo y archivar el procedimiento quedado entonces el camino libre para la solicitar la ejecución.
Pero si al ir a requerir al demandado se descubre que ha fallecido, ¿Qué hacemos? Requerimos a la parte demandante para que nos facilite los datos de los herederos a los que requerir de pago, y si el fallecimiento es anterior a la presentación de la demanda? Que opciones hay aparte de dejar que pase el tiempo y dictar auto de caducidad.
Buenas tardes, en un proceso monitorio como todos sabemos, prima la sumariedad, proceso con deuda líquida, vencida y exigible, en el que caben dos opciones, el pago o la oposición, aunque también dejar pasar el plazo y archivar el procedimiento quedado entonces el camino libre para la solicitar la ejecución.
Pero si al ir a requerir al demandado se descubre que ha fallecido, ¿Qué hacemos? Requerimos a la parte demandante para que nos facilite los datos de los herederos a los que requerir de pago, y si el fallecimiento es anterior a la presentación de la demanda? Que opciones hay aparte de dejar que pase el tiempo y dictar auto de caducidad.