por muna10 » Lun 27 Abr 2015 3:59 pm
Hola a todos,
Se me acaba de presentar la siguiente duda por si alguien me la puede aclarar. Tengo una ejecución judicial en la que el título consiste en la elevación a documento público de un contrato privado. Es esta ejecución encuadrable en el artículo 708 LEC o se trataría de una obligación de hacer personalísima?
Muchas gracias de antemano
Hola a todos,
Se me acaba de presentar la siguiente duda por si alguien me la puede aclarar. Tengo una ejecución judicial en la que el título consiste en la elevación a documento público de un contrato privado. Es esta ejecución encuadrable en el artículo 708 LEC o se trataría de una obligación de hacer personalísima?
Muchas gracias de antemano