por Invitado » Mié 08 Feb 2006 12:46 am
1º) Nunca han existido los Secretarios Decanos sino los Secretarios de los Juzgados Decanos o de los Decanatos de los Juzgados.
2º)Precisado lo anterior, ninguna influencia puede tener un reglamento orgánico en materia de Planta o Demarcación.
3º) En consecuencia si siguen existiendo, como sucede, los Juzgados Decanos, no es posible la inexistencia de Secretarios en ellos, porque un Juzgado no es el Juez sino Juez +Secretario.
4º) La LOPJ en su redacción de 2003 atribuye funciones de reparto al Secretario del Juzgado Decano.Además el Reglamento de Örganos de Gobierno de los Tribunales ni ha sido derogado por ésta ni puede serlo por aquél.
5º) Te lo dice un Secretario de Juzgado Decano que sigue ejerciendo y cobrando(poco) en concepto de tal y al que nadie le ha dicho, ni lo siente, que se haya extinguido.
Saludos.
1º) Nunca han existido los Secretarios Decanos sino los Secretarios de los Juzgados Decanos o de los Decanatos de los Juzgados.
2º)Precisado lo anterior, ninguna influencia puede tener un reglamento orgánico en materia de Planta o Demarcación.
3º) En consecuencia si siguen existiendo, como sucede, los Juzgados Decanos, no es posible la inexistencia de Secretarios en ellos, porque un Juzgado no es el Juez sino Juez +Secretario.
4º) La LOPJ en su redacción de 2003 atribuye funciones de reparto al Secretario del Juzgado Decano.Además el Reglamento de Örganos de Gobierno de los Tribunales ni ha sido derogado por ésta ni puede serlo por aquél.
5º) Te lo dice un Secretario de Juzgado Decano que sigue ejerciendo y cobrando(poco) en concepto de tal y al que nadie le ha dicho, ni lo siente, que se haya extinguido.
Saludos.