por Wences » Mié 11 Nov 2015 12:01 pm
El protocolo de actuación elaborado en su día para el servicio común, dió entre otras las siguientes instrucciones:
Si los funcionarios del servicio comùn se constituyen en el domicilio de la persona a citar y ésta se encontrara ausente, se le dejará el oportuno aviso para que acuda al Servicio Común un dia y hora. Si no acude al llamamiento, se vuelve a ir al domicilio y se le deja otro aviso; si no acude a éste último aviso, el funcionario actuante redacta una diligencia explicando lo que ha pasado, es decir, el caso omiso que se ha hecho a los dos llamamientos, precisando igualmente que el interesado reside en esas señas; y con todo ello la citación se dará como realizada correctamente.- Ello es trasladable a cualquier acto de comunicación que se realice por cualquier Juzgado. En este supuesto, a mi entender, no haría falta siquiera publicar edictos.
El protocolo de actuación elaborado en su día para el servicio común, dió entre otras las siguientes instrucciones:
Si los funcionarios del servicio comùn se constituyen en el domicilio de la persona a citar y ésta se encontrara ausente, se le dejará el oportuno aviso para que acuda al Servicio Común un dia y hora. Si no acude al llamamiento, se vuelve a ir al domicilio y se le deja otro aviso; si no acude a éste último aviso, el funcionario actuante redacta una diligencia explicando lo que ha pasado, es decir, el caso omiso que se ha hecho a los dos llamamientos, precisando igualmente que el interesado reside en esas señas; y con todo ello la citación se dará como realizada correctamente.- Ello es trasladable a cualquier acto de comunicación que se realice por cualquier Juzgado. En este supuesto, a mi entender, no haría falta siquiera publicar edictos.