por ELY » Lun 14 Dic 2015 9:32 pm
Wences escribió:Lo mismo que nosotros no vamos a picar todos los Decretos, aunque sean competencia nuestra. Un incidente de no readmisión en el que la empresa no comparece, se convierte en un Auto de extinción de la relación laboral, practicamente de modelo, por lo que no pasaría nada, entiendo yo, porque el Juez de instruccíones al gestor de como se deben contar los dias para alcanzar el cuantum de la indemnización y de los salarios de tramitación.
Recuerdo que en las oposiciones oficiales, actuales gestores, se exigía saber redactar todo tipo de autos, y demás resoluciones.
no estoy del todo de acuerdo contigo querido amigo Willy.
Lo que hacemos nosotros en el caso que tu comentas es que el funcionario carga el auto en CICERONE con todos los datos y se lo pasa al juez, y este determina las cuantias concretas con su tablica y termina el auto.
El determinar las cuantias concretas no es funcion de nadie mas que del Juez.
En otro destino tenia un amigo LAJ que el siempre hacia autos y cosas de estas.yo siempre le "recriminaba " que no debia hacerlo, me daba la razón. Pero seguía haciendolo, con el paso del tiempo concursaron el y la jueza y me entere que lo que sucedia era que tenian "accesos carnales".
Por ello, desde entonces yo no juzgo los motivos por los que se hace el trabajo de otros, solo que hay que saber que el trabajo no es tuyo, si "voluntariamente " se quiere hacer, es cosa de cada uno.
P.D. que venga algun juez a decirles al de los incidentes de no readmision de mi juzgado que esta haciendo lo mismo 20 años y siempre lo han calculado los jueces, que lo haga, me partiria de risa....
[quote="Wences"]Lo mismo que nosotros no vamos a picar todos los Decretos, aunque sean competencia nuestra. Un incidente de no readmisión en el que la empresa no comparece, se convierte en un Auto de extinción de la relación laboral, practicamente de modelo, por lo que no pasaría nada, entiendo yo, porque el Juez de instruccíones al gestor de como se deben contar los dias para alcanzar el cuantum de la indemnización y de los salarios de tramitación.
Recuerdo que en las oposiciones oficiales, actuales gestores, se exigía saber redactar todo tipo de autos, y demás resoluciones.[/quote]
no estoy del todo de acuerdo contigo querido amigo Willy.
Lo que hacemos nosotros en el caso que tu comentas es que el funcionario carga el auto en CICERONE con todos los datos y se lo pasa al juez, y este determina las cuantias concretas con su tablica y termina el auto.
El determinar las cuantias concretas no es funcion de nadie mas que del Juez.
En otro destino tenia un amigo LAJ que el siempre hacia autos y cosas de estas.yo siempre le "recriminaba " que no debia hacerlo, me daba la razón. Pero seguía haciendolo, con el paso del tiempo concursaron el y la jueza y me entere que lo que sucedia era que tenian "accesos carnales".
Por ello, desde entonces yo no juzgo los motivos por los que se hace el trabajo de otros, solo que hay que saber que el trabajo no es tuyo, si "voluntariamente " se quiere hacer, es cosa de cada uno.
P.D. que venga algun juez a decirles al de los incidentes de no readmision de mi juzgado que esta haciendo lo mismo 20 años y siempre lo han calculado los jueces, que lo haga, me partiria de risa....