por invitado 1 » Vie 24 Feb 2017 11:09 am
LA pregunta es, en el supuesto de imposición de costas tras la tasación el condenado al pago consigna, me plantea el procurador que se le de a su nombre el mandamiento de devolución ya que el cliente es de oficio y no lo localiza, y bajo el argumento que en este caso el titular del credito no puede ser el cliente ya que no ha abonado cantidad alguna ni lo hará por esa condición de justicia gratuita. ¿puedo hacerlo?
LA pregunta es, en el supuesto de imposición de costas tras la tasación el condenado al pago consigna, me plantea el procurador que se le de a su nombre el mandamiento de devolución ya que el cliente es de oficio y no lo localiza, y bajo el argumento que en este caso el titular del credito no puede ser el cliente ya que no ha abonado cantidad alguna ni lo hará por esa condición de justicia gratuita. ¿puedo hacerlo?