por CIVILIST@ » Vie 01 Nov 2019 9:31 pm
Este tema se trató en el grupo de facebook CivilCNLAJ, entrada incial de 3 de diciembre de 2018. Copio a continuación algunas de las respuestas por si fuese de utilidad:
"Generalmente los admito, la representación se acredita y la cuestión de intereses es algo a examinar por el juez con carácter previo a la admisión como posible cláusula abusiva"
"Nosotros admitimos, pero van siempre a vista para examen de posible abusividad (aunque no lo pidan, q es lo normal, por decisión del juez 438.4). Normalmente lo q ocurre es q no asisten y le tenemos por desistido. Más que "normalmente", lo que ocurre es que NUNCA asisten a la vista"
"Inadmision x represent"
"En mi partido judicial han entrado más de 80 verbales de esta empresa de golpe, una barbaridad. Hasta ahora los estábamos admitiendo, igual que los de Límite 24 horas, pero habrá que replanteárselo. Pasad el modelo de inadmisión por aquí, por favor. El punto de la representación sería la única opción. En cuanto a los intereses y la reclamación en sí, al ser un verbal tendría que ser apreciado por el Juez en sentencia, que puede desestimar pese a la rebeldía si no queda acreditada la reclamación."
"En mi partido judicial tratamos el tema en Junta informal y decidimos admitirlos. En parte, porque ya habíamos admitido anteriores tandas que habían llegado y ahora resultaba incoherente el cambio de criterio. Pero es que el único punto por el que se le puede meter mano sería el de la representación, que en cualquier caso sería un tema subsanable, porque respecto al fondo y la posible abusividad ya se resolverá en sentencia. Sentencias que, por cierto, se están dictando desestimatorias en muchos casos pese a estar el demandado en rebeldía por falta de acreditación de la deuda reclamada."
Este tema se trató en el grupo de facebook CivilCNLAJ, entrada incial de 3 de diciembre de 2018. Copio a continuación algunas de las respuestas por si fuese de utilidad:
"Generalmente los admito, la representación se acredita y la cuestión de intereses es algo a examinar por el juez con carácter previo a la admisión como posible cláusula abusiva"
"Nosotros admitimos, pero van siempre a vista para examen de posible abusividad (aunque no lo pidan, q es lo normal, por decisión del juez 438.4). Normalmente lo q ocurre es q no asisten y le tenemos por desistido. Más que "normalmente", lo que ocurre es que NUNCA asisten a la vista"
"Inadmision x represent"
"En mi partido judicial han entrado más de 80 verbales de esta empresa de golpe, una barbaridad. Hasta ahora los estábamos admitiendo, igual que los de Límite 24 horas, pero habrá que replanteárselo. Pasad el modelo de inadmisión por aquí, por favor. El punto de la representación sería la única opción. En cuanto a los intereses y la reclamación en sí, al ser un verbal tendría que ser apreciado por el Juez en sentencia, que puede desestimar pese a la rebeldía si no queda acreditada la reclamación."
"En mi partido judicial tratamos el tema en Junta informal y decidimos admitirlos. En parte, porque ya habíamos admitido anteriores tandas que habían llegado y ahora resultaba incoherente el cambio de criterio. Pero es que el único punto por el que se le puede meter mano sería el de la representación, que en cualquier caso sería un tema subsanable, porque respecto al fondo y la posible abusividad ya se resolverá en sentencia. Sentencias que, por cierto, se están dictando desestimatorias en muchos casos pese a estar el demandado en rebeldía por falta de acreditación de la deuda reclamada."