por wences2 » Vie 08 Nov 2019 1:03 pm
Por lo que cuentas lo más normas es que se trata de una relación empresa trabajador, cuya competencia territorial como sabes viene determinada en el art. 10.1 de la LRJS., pero aún así no se puede saber si eres incompetente o no, pues pudiera ser que prestara sus servicios en lugares de distintas circunscripciones, en cuyo caso podría tenerse en cuenta incluso el domicilio del demandante como adecuado para conocer de las diligencias preliminares y posterior demanda en su caso.
Por lo que cuentas lo más normas es que se trata de una relación empresa trabajador, cuya competencia territorial como sabes viene determinada en el art. 10.1 de la LRJS., pero aún así no se puede saber si eres incompetente o no, pues pudiera ser que prestara sus servicios en lugares de distintas circunscripciones, en cuyo caso podría tenerse en cuenta incluso el domicilio del demandante como adecuado para conocer de las diligencias preliminares y posterior demanda en su caso.