por Pena » Jue 15 May 2014 9:36 pm
Yo iba a preguntar lo mismo. Ultimamente me pasa algo que no ocurría antes. Tengo embargos ECCV acordados del 2013, la parte en base a una nueva averiguación me lo ha vuelto a pedir y he intentado anotarlo y no puedo, la aplicación indica que ya existe. Como el invitado intento darlo de baja para volverlo a anotar y no me deja.
Le he contestado a la parte que la aplicación no permite volver a acordarlo y me lo han recurrido, y la verdad es que pienso que tienen razón, con un recurso muy bien elaborado explican el funcionamiento de los embargos telematico y dicen que solo duran 3 días. Yo también he pensado siempre que era así pero ¿como le doy la razón en el recurso si después no puedo anotar el embargo?
¿Alguien me ilumina?. Tengo que decir que no he recibido ninguna circular indicando que el funcionamiento de la aplicación haya cambiado
Yo iba a preguntar lo mismo. Ultimamente me pasa algo que no ocurría antes. Tengo embargos ECCV acordados del 2013, la parte en base a una nueva averiguación me lo ha vuelto a pedir y he intentado anotarlo y no puedo, la aplicación indica que ya existe. Como el invitado intento darlo de baja para volverlo a anotar y no me deja.
Le he contestado a la parte que la aplicación no permite volver a acordarlo y me lo han recurrido, y la verdad es que pienso que tienen razón, con un recurso muy bien elaborado explican el funcionamiento de los embargos telematico y dicen que solo duran 3 días. Yo también he pensado siempre que era así pero ¿como le doy la razón en el recurso si después no puedo anotar el embargo?
¿Alguien me ilumina?. Tengo que decir que no he recibido ninguna circular indicando que el funcionamiento de la aplicación haya cambiado