por Invitado » Lun 04 Jul 2016 5:26 pm
Considero que Wences tiene razón, se ha de consignar el principal más el 10 % de mora, que debe quedar fijado en sentencia pues el Magistrado tiene datos para calcularlo, otra cosa es que por comodidad no lo hagan. El 10 % no es un tanto alzado , sino que se ha de tener en cuenta el tiempo transcurrido desde que surgio la obligación hasta la fecha de la sentencia.
Lo que cuenta, que vía recurso y tal y como está enconado el trabajador, el magistrado deberá o fijar la cuantía que corresponde al 10% o poner fin al recurso.
Considero que Wences tiene razón, se ha de consignar el principal más el 10 % de mora, que debe quedar fijado en sentencia pues el Magistrado tiene datos para calcularlo, otra cosa es que por comodidad no lo hagan. El 10 % no es un tanto alzado , sino que se ha de tener en cuenta el tiempo transcurrido desde que surgio la obligación hasta la fecha de la sentencia.
Lo que cuenta, que vía recurso y tal y como está enconado el trabajador, el magistrado deberá o fijar la cuantía que corresponde al 10% o poner fin al recurso.