por Extercera » Jue 20 Feb 2020 3:56 pm
Max_Estrella escribió: ↑Vie 14 Feb 2020 5:23 pm
Nadie ha discutido la subordinación jerárquica de los funcionarios... (La correa existe, se ejerce para abajo y se padece por arriba) El comentario feo es el referido a los compañeros de promoción interna. Creo que no hay ningún artículo que diga que son de peor condición. Para rebatir este argumento, Extercera, apegado a la ley y jurisprudencia con el tema de los funcionarios (aburrido, lo sabemos todos) entiendo que te apartaras de ella para esgrimir otro tipo de "razones", también por todos conocidas... y que son las mismas que utilizan los Jueces y Fiscales para separarse de los Secretarios
Max_Estrella escribió: ↑Vie 14 Feb 2020 5:34 pm
Al final ha sido un obiter dicta del primer comentario de Extercera el que ha motivado esta desviación del hilo iniciado por Invitadopenal (mea culpa). Por ello, le pido disculpas.
Me voy a tomar una cañita; no todo va a ser gestionar bajo la superior dependencia.
Se dice aquí que la correa se ejerce para abajo pero "se padece por arriba", son formas de verlo (y no parece que la más acertada, según se verá a continuación); yo más bien creo que en último caso podría padecerse "en general" o.. ¿quizás sólo "para abajo"?; de todas maneras llama la atención el hecho de que en lugar de ayudar a quien inició el hilo (aunque cómo vas a ayudar a alguien del "Superió Cuerpo Jurídico de Lajes" según tú los llamas más arriba) centres tus palabras en una referencia concreta y hasta cierto punto lógica, pues no se ha dicho aquí que haya algún artículo legal "que diga que son de peor condición" sino, más concretamente, que la ley prevé y ampara que personas de diversa capacitación puedan desempeñar posiciones semejantes para lo cual se puso un ejemplo bien gráfico. Y es que en el fondo en Justicia, y en otros sectores, cada cual trata de separarse de quienes estima peor preparados o menos meritorios, y eso es de lo más natural y humano porque natural es la propensión a progresar, y cuando escribes que eso se da igual con los Jueces y Fiscales "para separarse de los Secretarios" llevas razón, y además te quedas corto, porque también entre estos son visibles tales conatos pues te lo cuentan o lo escuchas en sus conversaciones, o cuando algún Magistrado que conozco tira por el suelo el trabajo y el mérito superior de un Notario afirmando con buena dosis de envidia aquello de que "solo cobra por estampar una firma..", más o menos como cuando tú, estimado Funcionario que gestiona bajo superior dependencia según dices, te diriges a los Secretarios judiciales más arriba con aquello de que "están pa lo que están, esto es, para dar al botoncito..."; fíjate, además, en el paralelismo entre los dos ejemplos, pues ambos, tanto tú como el Magistrado dicho, manifestáis cierta frustración impotente hacia lo propio junto a determinada querencia por lo ajeno, por lo que se juzga superior, mejor en suma.
Y volviendo a aquello que por el aquí interpelado se apunta como padecimiento "por arriba", tal vez buscando pasar por "libre" de quebraderos de cabeza o algo similar, valga un ejemplo notorio para ilustrar una visión más apegada a la realidad, que los administradores de este foro pueden difundir si lo estiman de utilidad mediante un hilo propio para todos aquellos compañeros que en ocasiones se encuentran con un inopinado "pulso" de alguno de los funcionarios tendente al "igualitarismo".
Sentencia reciente del TSJM en cualquier base pública acerca de la elaboración de la estadística
:
-FJ. 2º "En el presente supuesto, como sostiene el apelante, resulta indubitado que el art. 461.1 LOPJ atribuye a los
Letrados de la Administración de Justicia la elaboración de la estadística trimestral que deben remitir al CGPJ, y que dicha función no es competencia de los Gestores Procesales, pero conviene tener en cuenta que las funciones atribuidas a estos por el art. 458.4 LOPJ no es en ningún caso cerrada, o "numerus clausus" , sino que en general tienen como función la de colaborar tanto con los Letrados como con los Jueces y Magistrados para conseguir entre todos la adecuada eficacia en el funcionamiento de la Administración de Justicia; y si bien también es cierto que los asuntos registrados constan en las bases de datos, no es menos cierto que si un superior jerárquico solicita la colaboración de un inferior jerárquico para cualquier asunto, éste venga obligado a prestársela, siempre que se trate de requerimientos razonables y no arbitrarios, dentro del marco de la legalidad. En consecuencia, procede la desestimación del presente recurso y confirmación de la sentencia
de instancia".
-Fallo " Que desestimando el recurso interpuesto por D. XXXXX contra la sentencia dictada en fecha 28 de Octubre de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 12 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº 4/2015, debemos confirmarla y la confirmamos por ajustarse a derecho. Las costas procesales se imponen expresamente a la parte apelante en cuantía máxima de 500 Euros por todos los conceptos más el IVA."
Hay otros casos similares que no es el caso, por ahora, mencionar.
[quote=Max_Estrella post_id=99823 time=1581690234 user_id=2283]
Nadie ha discutido la subordinación jerárquica de los funcionarios... (La correa existe, se ejerce para abajo y se padece por arriba) El comentario feo es el referido a los compañeros de promoción interna. Creo que no hay ningún artículo que diga que son de peor condición. Para rebatir este argumento, Extercera, apegado a la ley y jurisprudencia con el tema de los funcionarios (aburrido, lo sabemos todos) entiendo que te apartaras de ella para esgrimir otro tipo de "razones", también por todos conocidas... y que son las mismas que utilizan los Jueces y Fiscales para separarse de los Secretarios
[/quote]
[quote=Max_Estrella post_id=99824 time=1581690892 user_id=2283]
Al final ha sido un obiter dicta del primer comentario de Extercera el que ha motivado esta desviación del hilo iniciado por Invitadopenal (mea culpa). Por ello, le pido disculpas.
Me voy a tomar una cañita; no todo va a ser gestionar bajo la superior dependencia.
[/quote]
Se dice aquí que la correa se ejerce para abajo pero "se padece por arriba", son formas de verlo (y no parece que la más acertada, según se verá a continuación); yo más bien creo que en último caso podría padecerse "en general" o.. ¿quizás sólo "para abajo"?; de todas maneras llama la atención el hecho de que en lugar de ayudar a quien inició el hilo (aunque cómo vas a ayudar a alguien del "Superió Cuerpo Jurídico de Lajes" según tú los llamas más arriba) centres tus palabras en una referencia concreta y hasta cierto punto lógica, pues no se ha dicho aquí que haya algún artículo legal "que diga que son de peor condición" sino, más concretamente, que la ley prevé y ampara que personas de diversa capacitación puedan desempeñar posiciones semejantes para lo cual se puso un ejemplo bien gráfico. Y es que en el fondo en Justicia, y en otros sectores, cada cual trata de separarse de quienes estima peor preparados o menos meritorios, y eso es de lo más natural y humano porque natural es la propensión a progresar, y cuando escribes que eso se da igual con los Jueces y Fiscales "para separarse de los Secretarios" llevas razón, y además te quedas corto, porque también entre estos son visibles tales conatos pues te lo cuentan o lo escuchas en sus conversaciones, o cuando algún Magistrado que conozco tira por el suelo el trabajo y el mérito superior de un Notario afirmando con buena dosis de envidia aquello de que "solo cobra por estampar una firma..", más o menos como cuando tú, estimado Funcionario que gestiona bajo superior dependencia según dices, te diriges a los Secretarios judiciales más arriba con aquello de que "están pa lo que están, esto es, para dar al botoncito..."; fíjate, además, en el paralelismo entre los dos ejemplos, pues ambos, tanto tú como el Magistrado dicho, manifestáis cierta frustración impotente hacia lo propio junto a determinada querencia por lo ajeno, por lo que se juzga superior, mejor en suma.
Y volviendo a aquello que por el aquí interpelado se apunta como padecimiento "por arriba", tal vez buscando pasar por "libre" de quebraderos de cabeza o algo similar, valga un ejemplo notorio para ilustrar una visión más apegada a la realidad, que los administradores de este foro pueden difundir si lo estiman de utilidad mediante un hilo propio para todos aquellos compañeros que en ocasiones se encuentran con un inopinado "pulso" de alguno de los funcionarios tendente al "igualitarismo".
Sentencia reciente del TSJM en cualquier base pública acerca de la elaboración de la estadística :monito-juez-2: :
-FJ. 2º "En el presente supuesto, como sostiene el apelante, resulta indubitado que el art. 461.1 LOPJ atribuye a los
Letrados de la Administración de Justicia la elaboración de la estadística trimestral que deben remitir al CGPJ, y que dicha función no es competencia de los Gestores Procesales, pero conviene tener en cuenta que las funciones atribuidas a estos por el art. 458.4 LOPJ no es en ningún caso cerrada, o "numerus clausus" , sino que en general tienen como función la de colaborar tanto con los Letrados como con los Jueces y Magistrados para conseguir entre todos la adecuada eficacia en el funcionamiento de la Administración de Justicia; y si bien también es cierto que los asuntos registrados constan en las bases de datos, no es menos cierto que si un superior jerárquico solicita la colaboración de un inferior jerárquico para cualquier asunto, éste venga obligado a prestársela, siempre que se trate de requerimientos razonables y no arbitrarios, dentro del marco de la legalidad. En consecuencia, procede la desestimación del presente recurso y confirmación de la sentencia
de instancia".
-Fallo " Que desestimando el recurso interpuesto por D. XXXXX contra la sentencia dictada en fecha 28 de Octubre de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 12 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº 4/2015, debemos confirmarla y la confirmamos por ajustarse a derecho. Las costas procesales se imponen expresamente a la parte apelante en cuantía máxima de 500 Euros por todos los conceptos más el IVA."
Hay otros casos similares que no es el caso, por ahora, mencionar.