por Ferpat » Lun 05 Jul 2021 5:20 pm
Buenas tardes a todos.
Realizo la siguiente consulta para conocer opiniones:
¿Consideráis correcto el proceder según el cual, tras la demanda en la que la actora señala cuantía indeterminada y tras la contestación en la que demandada se opone y señala la que entiende que es la correcta (XX euros), que en la subsiguiente Diligencia de Ordenación emitida, se consigne que la cuantía de la demanda es indeterminada pero que el interés económico del procedimiento son XX euros?
Conceptos como la cuantía de la demanda (al que alude la Diligencia de Ordenación en cuestión), la cuantía del litigio, el valor de la pretensión, el interés económico de la controversia (a la que también alude la Diligencia de Ordenación), la cuantía litigiosa, el valor de lo pedido, la cuantía del proceso… no tienen siempre un ámbito coincidente.
Dentro del contenido y atribuciones de los LAJ a la hora de dictar DO, las cuales como sabemos ciñen su ámbito a impulsar el procedimiento y a expresar lo que por ellas se manda, ¿estimáis correcto incluir, si así lo consideramos adecuado, una sucinta motivación de la cuestión analizada y/o como en el caso de mi duda, una diferenciación entre cuantía e interés económico?.
Muchas gracias.
Buenas tardes a todos.
Realizo la siguiente consulta para conocer opiniones:
¿Consideráis correcto el proceder según el cual, tras la demanda en la que la actora señala cuantía indeterminada y tras la contestación en la que demandada se opone y señala la que entiende que es la correcta (XX euros), que en la subsiguiente Diligencia de Ordenación emitida, se consigne que la cuantía de la demanda es indeterminada pero que el interés económico del procedimiento son XX euros?
Conceptos como la cuantía de la demanda (al que alude la Diligencia de Ordenación en cuestión), la cuantía del litigio, el valor de la pretensión, el interés económico de la controversia (a la que también alude la Diligencia de Ordenación), la cuantía litigiosa, el valor de lo pedido, la cuantía del proceso… no tienen siempre un ámbito coincidente.
Dentro del contenido y atribuciones de los LAJ a la hora de dictar DO, las cuales como sabemos ciñen su ámbito a impulsar el procedimiento y a expresar lo que por ellas se manda, ¿estimáis correcto incluir, si así lo consideramos adecuado, una sucinta motivación de la cuestión analizada y/o como en el caso de mi duda, una diferenciación entre cuantía e interés económico?.
Muchas gracias.