Momento devengo de la tasa en Divisiones de Patrimonio

Publicar una respuesta


Esta pregunta es una forma de evitar inserciones automatizadas por Spambots.
Emoticonos
:D :) :( :o :shock: :? :cool: :lol: :x :P :oops: :cry: :evil: :twisted: :mrgreen: :RotoDeRisa: :roll: :wink: :| :arrow: :?: :!: :whistling: Monito-nono :filaaplausos: :filalupa: :pensativo: :monito-me-dejas-ko: monitobeso001 chocala :doa2: :monito-asco: :cabezazo2: :censored: :dedoscruz: :descojone: :oleole :monito-normas-foro: :monito-llamada-orden: :monito-megafono: :monito-juez-2: :monito-cabreo-agudo: :monito-maldiciones: :cabreado: :monito-confused: :monito-corazones: :monito-me-callo: :monito-necesito-cafe: :monito-rezo: :monito-vomito-4: :monito.cheer: :monito-burla: :monito-berrinche: :quebien: :quetefollen: :cremallera: :buabua: :babeando: :sleepingsmiley012: :affraid: :pckk: :cutrefunciones: :NegroJuzgado: :NegroIudiciorum: :parienta: :monito-secresoso: :bienhecho: :gracias: :monito-buen-post: :noloentiendo:
Ver más emoticonos

BBCode está habilitado
[img] está habilitado
[url] está habilitado
Emoticonos están habilitados

Revisión de tema
   

Expandir vista Revisión de tema: Momento devengo de la tasa en Divisiones de Patrimonio

Re: Momento devengo de la tasa en Divisiones de Patrimonio

por Terminatrix » Mié 27 Feb 2013 6:05 pm

Por favor, leed las normas de posteo. No es correcto efectuar segundas o ulteriores preguntas al hilo de la primera cuestión: el tema se volverá complicado y farragoso de seguir y, segundo, dificultaréis a la gente localizar esa cuestión con el buscador. :|

Dicho esto, abro nuevo hilo con tu pregunta.

Re: Momento devengo de la tasa en Divisiones de Patrimonio

por Invitado » Mié 27 Feb 2013 1:24 pm

Hola. Soy la que inició el tema del devengo de la tasa.

Vale de acuerdo contigo Rasputín , ya tengo claro que respecto a los juicios verbales de liquidación de gananciales ya señalados no voy a exigir la tasa por la oposición, pero la pregunta siguiente sería :

Mañana tengo 2 comparecencias del 809 sobre inventario , como suele ocurrir existirá disconformidad , ¿ cuál es el momento para exigir la prensentación de la tasa , en la resolución que señala verbal, o en la propia comparecencia a la vista de la disconformidad, ? y otra pregunta, ¿qué tipo de apercibimiento cabe para caso de que no presenteen la tasa ? , ¿acaso cabe decirles que precluye el acto procesal consistente en juicio oral, y en ese caso se quedan con su disconformidad, ? ¿como se le da salida a esta cuestión?

Re: Momento devengo de la tasa en Divisiones de Patrimonio

por Rasputín » Mié 27 Feb 2013 12:03 pm

No les puedes exigir que acrediten el abono de la tasa porque en Derecho Tributario el principio de legalidad va a misa.
Al tiempo de la oposición no había hecho imponible, porque la Ley no contemplaba entonces ese hecho imponible.

Momento devengo de la tasa en Divisiones de Patrimonio

por Invitado » Mar 26 Feb 2013 1:29 pm

Hola:
A raíz de la publicación del real decreto 3/2013 de 22 de febrero sobre modificación de las tasas, se me plantea en Juzgado de Familia la siguiente duda:

En los supuestos de liquidación de gananciales no he solicitado la tasa porque dudaba si tenía que postponer el requerimiento al momento de convocatoria de juicio verbal. En el R.Decreto se dispne en sru art. 1. Tres i) se contempla la exención en la divisiónd e patrimonios salvo que exista oposición .
La duda es : Tengo señalados juicios para junio y julio y en la resolución de señalamiento no pedía la tasa. ¿ Puedo solcitarla ahora a la vista de la aclaración introducida por el real decreto o considerais que sería una aplicación retroactiva de materia tributaria, por lo que no la puedo pedir ?

Gracias

Arriba