¿Consultáis el Registro Central de Rebeldes Civiles?

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Re: ¿Consultáis el Registro Central de Rebeldes Civiles?

por Invitado » Dom 19 May 2013 9:52 pm

Totalmente de acuerdo con la respuesta acabada de dar. Yo tampoco uso el registro de rebeldes civiles en social.

Re: ¿Consultáis el Registro Central de Rebeldes Civiles?

por invitad@ » Dom 19 May 2013 5:44 pm

En social creo que es donde menos útil resulta. Me explico: los demandados son empresas, normalmente en forma societaria y si resultan desconocidas es para siempre.
Mi sistema es : consulta en la Tesorería de la S. Social, si están de baja , suele se definitiva. También hacemos la consulta múltiple de domicilio en el punto neutro, a veces aparecen la AEAT , Tráfico o en la Policía un domicilio distinto. Las peores uno en cada una.Las comunicaciones procuro hacerlas a la persona física que aparece como representante en el contrato si se aporta, en la conciliación si ha comparecido ...etc. Si no resulta posible edictos, sin más complicaciones.

¿Consultáis el Registro Central de Rebeldes Civiles?

por Secretarionovato » Dom 19 May 2013 1:59 pm

¿Consultáis el Registro Central de Rebeldes Civiles cuando la primera notificación al demandado no se puede verificar?

Estoy destinado en un Social y me está rondando de empezar a inscribir a todos los que no localizo (y en su caso, cuando figure inscrito, citarlo directamente por edictos) y desconozco lo que hacéis vosotros.

Un saludo

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