por José Manuel » Lun 27 Ene 2014 8:01 pm
Las retribuciones Noj están reguladas en el R.D. 2033/09 de 30/12, publicado en el BOE de 20 de enero de 2010.
Luego sufrieron la rebaja del 5% y la congelación como los demás importes salariales. No te puedo decir cuales son los importes exactos actuales pero mirando el RD si te haces una idea bastante clara de cuales son las diferencias entre los distintos destinos posibles.
Recuerda que, según el RD, si en un proceso de reordenación de efectivos algún SJ acaba destinado en un puesto que tiene señalados unos haberes inferiores a los que venía cobrando, tiene derecho a seguir percibiendo los anteriores.
Saludos.
Las retribuciones Noj están reguladas en el R.D. 2033/09 de 30/12, publicado en el BOE de 20 de enero de 2010.
Luego sufrieron la rebaja del 5% y la congelación como los demás importes salariales. No te puedo decir cuales son los importes exactos actuales pero mirando el RD si te haces una idea bastante clara de cuales son las diferencias entre los distintos destinos posibles.
Recuerda que, según el RD, si en un proceso de reordenación de efectivos algún SJ acaba destinado en un puesto que tiene señalados unos haberes inferiores a los que venía cobrando, tiene derecho a seguir percibiendo los anteriores.
Saludos.