Guía cómputo de plazos a partir del 4 de junio.

Nuevos procedimientos, ayudas de tramitación, cuestiones generales sobre temas habituales.

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Terminatrix
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Guía cómputo de plazos a partir del 4 de junio.

#1 Mensaje por Terminatrix »

Guía elaborada por nuestro compañero Juan J. Martín García. Letrado de la Sección 3ª Audiencia Provincial de Valladolid., al que desde aquí damos las gracias.

PD. Si alguien la tiene en Word o PDF, que la suba. :wink:
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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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Infantería Procesal
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Re: Guía cómputo de plazos a partir del 4 de junio.

#2 Mensaje por Infantería Procesal »

Habría que apostillar que, respecto al Ministerio Fiscal, se encuentra suspendida la aplicación de lo dispuesto en el artículo 151.2 LEC (Los actos de comunicación... se tendrán por realizados el día siguiente hábil a la fecha de recepción que conste en la diligencia o en el resguardo acreditativo de su recepción...), hasta el 31 de diciembre de 2020. Hasta dicha fecha, el plazo regulado en dicho artículo será de 10 días naturales (Disposición adicional cuarta Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril)

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Terminatrix
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Re: Guía cómputo de plazos a partir del 4 de junio.

#3 Mensaje por Terminatrix »

«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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