El acreedor quiebra la subasta

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alydan

El acreedor quiebra la subasta

#1 Mensaje por alydan »

Se celebra una subasta donde el acreedor no es un banco.
Hay varios licitadores, pero es el acreedor el que hace firme la subasta ofreciendo el 70% del tipo.
Devuelvo a los licitadores sus consignaciones e insto al acreedor para que presente liquidación de intereses y costas para proceder a su tasación.
Una vez tasadas concedo plazo de 20 días al acreedor para que deposite en la cuenta del juzgado la diferencia entre la deuda y el importe ofrecido; pero se ha pasado el plazo y no han ingresado, con lo cual lo que se ha producido es una quiebra.
Mi duda está en el siguiente paso que tengo que hacer. Creo que lo que procede es levantar el embargo y, por supuesto, el acreedor ha perdido toda posibilidad de cobrar la deuda.
Podéis decirme lo que es más correcto.

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Jotaerre
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#2 Mensaje por Jotaerre »

Buenos días, alydan, creo que por remisión del 655 al 653 lo que procedería es convocar nueva subasta, pero esperemos opiniones más autorizadas.
Saludos,

dilema
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#3 Mensaje por dilema »

Si a mi un acreedor me quiebra una subasta, lo siguiente que hago es provisionalmente. (ya se que no puedo hacerlo definitivamente) y luego aburrirlo, a ver que me cuenta mientras tanto.

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Jotaerre
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#4 Mensaje por Jotaerre »

Perdona, dilema, pero, provisionalmente, ¿qué, archivar el expediente? :monito-confused:

dilema
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#5 Mensaje por dilema »

Jotaerre:
Es un tema ya debatido, cierto es, una ejecución no se archiva hasta que se termina.
pero . . . ¿ tu sabes la cantidad de expedientes archivados temporalmente que al final acaban en definitivos y por cierto por falta de actividad del ejecutante.

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Jotaerre
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#6 Mensaje por Jotaerre »

Ya, y lo encuentro un buen sustituto del reproche incluso penal a su actitud, pero me refería a que habías omitido el verbo... quizás para estimular nuestra imaginación :pensativo:

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Procurador
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#7 Mensaje por Procurador »

El ejecutante no puede quebrar, eso sólo está previsto para los licitadores que hubiesen hecho el depósito, de hecho hay una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección 2ª de fecha diez de Mayo de 2015 que dice que la ofertaque hecha en subasta vincula al ejecutante y más si la ha hecho en perjuicio de terceros.

dilema
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#8 Mensaje por dilema »

Para jotaerre:
Es verdad, me comí el verbo, pero bueno como aquel que no entiende bien un idioma: por el contexto de la frase se saca la traducción.

Para Procurador:
¿ De verdad ya existen resoluciones de la AP del año 2015 ? bromas aparte, que se lamenta mas por la quiebra la perdida del deposito o se resuelve el archivo definitivo de la ejecución.? porque es lo que se merecen . . .

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Randomize
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#9 Mensaje por Randomize »

Hola a todos!

El articulo 8 de la Ley 1/2013, modificó el art. 670-1 LEC, concretamente el plazo para consignar la diferencia entre lo depositado para tomar parte en la subasta y el precio del remate, ampliándolo a cuarenta días, y si bien el art. 670-2 LEC, para el caso de que sea el ejecutante el que hiciere la mejor postura, igual o superior al 70% del valor de tasación no hace mención a ello; no veo porque se ha de dar a dicha parte solamente 20 días en lugar de 40.

alydan

Re: El acreedor quiebra la subasta

#10 Mensaje por alydan »

Procurador escribió:El ejecutante no puede quebrar, eso sólo está previsto para los licitadores que hubiesen hecho el depósito, de hecho hay una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección 2ª de fecha diez de Mayo de 2015 que dice que la ofertaque hecha en subasta vincula al ejecutante y más si la ha hecho en perjuicio de terceros.
Procurador, podrías dar la información correcta de la sentencia de la Audiencia Provincial que citas, es que tengo que tomar una decisión sobre este tema. Gracias.

Invitado

Re: El acreedor quiebra la subasta

#11 Mensaje por Invitado »

Salvo mejor opinion, no creo que se haya producido una quiebra de la subasta cuando supongo que estamos en el supuesto del articulo 670.2. El precio del remate se ha abonado, en este caso deducido de la cantidad por la que se despachó ejecución.
El ejecutante hizo una postura igual o superior al 70 por 100 y has dictado decreto aprobando el remate, y cubierto el principal, liquidaste intereses y costas y aún así debe poner dinero el ejecutante por los intereses y costas de más. La subasta está terminada con decreto de aprobación del remate, ahora lo que hay es un crédito a favor del ejecutado por lo que ha sobrado de intereses y costas... que el ejecutado se convierta ahora en acreedor del ejecutante y pida embargo? Salvo mejor opinión insisto.
Yo al igual que procurador entiendo que el ejecutante nunca puede quebrar una subasta, pues el precio de remate no lo consigna sino que se reduce de la cantidad por la que se despachó ejecución, y si se aprueba por más cantidad que por lo que se le debe por todos los conceptos el ejecutado se convierte en ejecutante por la diferencia.

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Jotaerre
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#12 Mensaje por Jotaerre »

Qué poca confianza en Procurador (a.k.a. :affraid: ), alydan: sólo le traicionaron las ganas que debe tener de que acabe el año, por éso escribió 2015 en lugar de 2005, pero los demás datos eran correctos:

Roj: AAP Z 528/2005 - ECLI:ES:APZ:2005:528A
Id Cendoj: 50297370022005200068

:monito-chapeau:

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Terminatrix
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#13 Mensaje por Terminatrix »

Jotaerre escribió:Qué poca confianza en Procurador (a.k.a. :affraid: ), alydan: sólo le traicionaron las ganas que debe tener de que acabe el año, por éso escribió 2015 en lugar de 2005


Me da que nuestro querido Procurador ( a.k.a. :affraid: ) está, como muchos de nosotros, deseando que acabe este annus horribilis. :descojone:
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Procurador
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#14 Mensaje por Procurador »

Y una m.........., no quiero que llegue 2015, que el día dos de Enero entramos en vía única con la presentación de escritos por vía telemática...por ahora aún podemos elegir.

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Terminatrix
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#15 Mensaje por Terminatrix »

Pues disfruta el momento, que luego vendrá el llanto y el rechinar de dientes. Pregunta si no a tus compis de Murcia. :whistling:
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Oficial
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#16 Mensaje por Oficial »

La regla 15 del antiguo artículo 131 de la Ley Hipotecaria contenía esta previsión:

"En el caso de ser el mismo acreedor ejecutante, el rematante o adjudicatario, y de no consignar la diferencia entre el precio del remate o de la adjudicación y el importe del crédito y de los intereses asegurados con hipoteca, en el término de ocho días, contados desde que se le notifique la liquidación de esta diferencia, se declarará también sin efecto el remate, pero responderá el actor de cuantos gastos originen la subasta o subastas posteriores que a instancia de cualquier interesado sea preciso celebrar, y no tendrá derecho a percibir intereses de su crédito durante el tiempo que se emplee en verificarlas".

Cuando se traspasó la ejecución hipotecaria a la LEC 1/2000 no fue trasladada la previsión de quiebra de subasta por parte del ejecutante, ya sea vía remate o adjudicación. Ello no quiere decir necesariamente, creo, que tras la entrada en vigor de la nueva LEC no proceda actuar de ese modo, aunque es una cuestión compleja que se presta a interpretaciones.

En estos supuestos resulta complicado dar una salida la situación creada por falta de consignación del resto del precio por del ejecutante, pero también parece forzado configurar un título ejecutivo para abrir vía de apremio frente al mismo.

Frente al auto de la AP de Zaragoza arriba citado existe un auto de la AP de Valladolid (Roj: AAP VA 553/2006) que trata de un supuesto de división de cosa común en el que las partes se sometieron a los trámites previstos en la LEC para la ejecución. Uno de los litigantes fue el mejor postor pero no depositó el precio del remate. A instancia de la otra parte se despachó ejecución frente a aquel para obtener la cantidad correspondiente, tomando como título ejecutivo el auto de remate (dice auto, aunque sería decreto).

El litigante/mejor postor que se convirtió en ejecutado formuló oposición, que fue desestimada. Interpuso recurso de apelación que fue estimado, declarando la improcedencia de la ejecución forzosa seguida, dejándola sin efecto y con imposición de costas causadas en la instancia a la parte ejecutante.

Los razonamientos jurídicos del auto de la AP de Valladolid terminan con el siguiente párrafo:

"...en efecto y según la tesis del apelante, para el caso de no depositarse el precio del remate por el rematante adjudicatario de la subasta celebrada, debiéndose entonces proceder conforme continúa la propia Ley de Enjuiciamiento Civil, en su art. 652, 653 y ss., aprobación del remate a los siguientes mejores postores, nueva celebración de subasta, en su caso, etc. Por cuyo motivo, la ejecución, forzosa frente al apelante, por falta de consignación del precio del remate, en ejecución singular del Auto aprobatorio del remate de la subasta celebrada, resulta improcedente, por infracción de las propias normas reguladoras de la subasta pública,...".
Doctores tiene la Iglesia... y no digamos la justicia.

WALTER
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#17 Mensaje por WALTER »

Como bien dice Procurador: El ejecutante no puede quebrar, eso sólo está previsto para los licitadores que hubiesen hecho el depósito, de hecho hay una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección 2ª de fecha diez de Mayo de 2005 que dice que la oferta que hecha en subasta vincula al ejecutante y más si la ha hecho en perjuicio de terceros.

Así que esto es lo que hay que hacer:
Por mor del art. 671 in fine de la LEC que se proceda por el Secretario Judicial al alzamiento del embargo. Todo ello, con expresa imposición de costas al ejecutante, y que se condene al mismo a petición del ejecutado a la correspondiente indemnización.

Saludos

Soniaph
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Re: El acreedor quiebra la subasta

#18 Mensaje por Soniaph »

¿Alguien me puede ayudar?
Tengo una EJH en la que el mejor postor ha quebrado la subasta al no consignar.
El ejecutante me pide que le entregue a el el deposito del tercero que ha quebrado la subasta.
Yo, en una Diligencia de ordenación resuelvo que existe quiebra inicial de la subasta,que se pierde el deposito y que queda retenido a resultas de la liquidación de la ejecucion conforme art. 654_672 LEC. A continuación saco la certificación del siguiente mejor postor y resulta que es el propio ejecutante. Yo, automáticamente dicto decreto aprobando postura a favor del ejecutante y le requiero para que me presente documental para liquidar lo debido. Ahora me interpone el ejecutante un recurso de reposición contra el decreto de aprobación de remate a su favor porque dice que según no se que auto de una AP, el ejecutante que participa en subasta no queda vinculado por la puja que ha hecho y que se ha vulnerado ar. 652 y 653.Eso es asi?
Y me pide que se señale nueva subasta.

No entiendo para que ha pujado si luego no quiere el bien.

Gracias :roll:

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