Hola a todos.
Me ha entrado un exequatur (ese procedimiento que sabes que existe, pero que te sueles jubilar sin tramitar uno)
El juez ha despachado ejecución y a mi me toca embargar en libras esterlinas, Brexit por medio.
¿Cómo lo hago? Porque la CDCJ sólo permite embargo en euros y si hay que mandar comisión rogatoria puedo esperar sentado a la jubilación.
¿Alguien ha llevado alguna y me puede ayudar? Gracias de antemano.
Exequatur: cómo ejecutar en moneda extranjera
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Re: Exequatur: cómo ejecutar en moneda extranjera
Entiendo que aplicando el 577.2 LEC, embargando en euros. Para ello, calculando en euros la cotización de la moneda extranjera al día del despacho.
DFW dejó dicho: La mediocridad depende del contexto. ( )