Buenos días,
tengo la siguiente duda:
en caso de demanda de exequatur en la que se pretende el reconocimiento de una sentencia de divorcio de MUTUO ACUERDO dictada en el extranjero, ¿emplazáis a la parte demandada o al ser de mutuo acuerdo y en base a la jurisprudencia existente del TS simplemente dais traslado al MF ?
Muchas gracias.
Emplazamiento por exequatur en caso de divorcio de mutuo acuerdo
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Emplazamiento por exequatur en caso de divorcio de mutuo acuerdo
Buenas tardes:
Nosotros emplazamos siempre en todos los casos de exequátur.
Desconozco la jurisprudencia que alegas, aunque me gustaría me la pasarás.
Gracias
Saludos
Nosotros emplazamos siempre en todos los casos de exequátur.
Desconozco la jurisprudencia que alegas, aunque me gustaría me la pasarás.
Gracias
Saludos