Impugnación de tasación costas nulidad cláusulas abusivas.

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
Piñeiro
Mensajes: 11
Registrado: Sab 10 Abr 2021 11:21 am
Contactar:

Impugnación de tasación costas nulidad cláusulas abusivas.

#1 Mensaje por Piñeiro »

Buenos días, tengo un recurso que me trae de cabeza.
En un procedimiento se solicita la nulidad de cláusulas abusivas de un préstamo. En la demanda se fija la cantidad del procedimiento que es la misma que recoge el Decreto de Admisión. El demandado consideró en la Audiencia Previa que esa no debía ser la cuantía del procedimiento, pero no se resolvió sobre la misma.
El caso es que se efectuó tasación de costas por el importe del préstamo que quedaba vivo, siendo este mucho mayor que el que se recogió en el Decreto de adjudicación . Ahora tengo la impugnación sobre la tasación que se hizo. El que impugna mantiene que la cuantía del procedimiento debe ser indeterminada y muestra su disconformidad con la tasación de costas que hace la otra parte, presentando otra mucho menor.
La cuestión es que por lo que veo de Sentencias creo que la parte que impugna lleva razón, pero me he encontrado alguna que difiere al respecto. ¿Cómo lo veis vosotros?.

Rocinante
Mensajes: 4
Registrado: Mar 15 Jun 2021 11:09 am
Contactar:

Re: Impugnación de tasación costas nulidad cláusulas abusivas.

#2 Mensaje por Rocinante »

Hagas lo que hagas te van a recurrir en revisión, seguramente. Hay que estar a la cuantía fijada en el Decreto, si es que no se modificó ulteriormente por el Juez en la Audiencia Previa. Mira a ver la grabación. Mira también la Sentencia, no vaya a ser que en antecedentes de hecho diga algo de la cuantía de la demanda. Si no hubo cambios, estate a la cuantía fijada por el Decreto de admisión de la demanda.

Piñeiro
Mensajes: 11
Registrado: Sab 10 Abr 2021 11:21 am
Contactar:

Re: Impugnación de tasación costas nulidad cláusulas abusivas.

#3 Mensaje por Piñeiro »

Muchas gracias, Rocinante!

Avatar de Usuario
Carlos Valiña
Mensajes: 7108
Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
Ubicación: Santander
Contactar:

Re: Impugnación de tasación costas nulidad cláusulas abusivas.

#4 Mensaje por Carlos Valiña »

Toma mis palabras con toda cautela que llevo decadas fuera de civil y no estoy al tanto de la jurisprudencia de este ramo.

Dicho lo cual...

La cuantia en las costas es la cuantia que fija el arancel, con sus propias reglas, no la que fija la LEC salvo cuando el arancel (en una chapuza reciente) remite expresamente a esta.

En principio la nulidad (salvo cuando el arancel expresamente la tarifa como en la nulidad matrimonial) siempre he pensado que, por concepto, es una cuantia indeterminada y por lo tanto mi impresion es que ha de tasarse por cuantia indeterminada el asunto.

He ido a ver la LEC y veo que pone esto:
251. 8.ª En los juicios que versen sobre la existencia, validez o eficacia de un título obligacional, su valor se calculará por el total de lo debido, aunque sea pagadero a plazos. Este criterio de valoración será aplicable en aquellos procesos cuyo objeto sea la creación, modificación o extinción de un título obligacional o de un derecho de carácter personal, siempre que no sea aplicable otra regla de este artículo
Un contrato de prestamo es obviamente un titulo obligacional, y la validez es el negativo de la nulidad, por lo que la remision del arancel al art. 251.8 para la validez, la podemos hacer extensiva a la nulidad.

Sin embargo, no es lo mismo impugnar la validez de todo el contrato, que la de una de sus clausulas en concreto y por posible abuso de posicion dominante, lo que es una cuestion meramente juridica y conceptual y a mi parecer de cuantia indeterminable per se. El 251.8 no lo veo aplicable por lo tanto.

Ciertamente el arancel dice:
3. En aquellos procedimientos en los que no pueda determinarse, o no se haya
determinado la cuantía, durante la sustanciación del procedimiento, o que tengan por objeto
materias no susceptibles de cuantificación económica, y en aquellos que no tenga fijado
expresamente un concepto especial de percepción de derechos en este arancel, devengará
el procurador la cantidad de 260 euros.
La conjuntion "o", no pueda determinarse "o" no se hay determinado la cuantia, es indicativa de que para acogerse a este apartado, tanto da que siendo determinable no se haya hecho, como que no se pueda determinar (aunque indebidamente se haya hecho).

Y por eso yo, como punto de partida, y con las cautelas antedichas, pienso que a efectos del arancel, la cuantia es indeterminada y procede estimar la impugnacion.

Ciertamente podran recurrirtela diciendo que no puedes in contra tus propios actos y demás, si antes fijaste una cuantia ahora desdecirte, pero lo cierto es que el arancel es una norma difernete de la LEC, y es la que se aplica al efectuar las tasaciones y contempla una tarifa especifica para los casos en que el procedimiento es de cuantia indeterminada como a mi parecer lo es este y esa norma debe primar en el ambito arancelario sobre cualquier otra consideracion.

Igual estoy del todo equivocado pero te dejo otro punto de vista por si te sirve.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

Avatar de Usuario
Procurador
Mensajes: 1076
Registrado: Mié 23 Nov 2011 10:56 pm

Re: Impugnación de tasación costas nulidad cláusulas abusivas.

#5 Mensaje por Procurador »

Ignoro si el supuesto que plantea Piñeiro es el típico de "suelo", "gastos", "comisión de apertura", etc que hoy llenan los juzgados.
De serlo y de plantearse la nulidad de una de esas cláusulas contractuales la cuantía es indeterminada, sin perjuicio de que la cuantía en el decreto o en la audiencia previa se haya fijado haya sido otra.
Pero, vamos, eso para procedimientos de ese tipo.
Lo que me plantea dudas es que hagas referencia, Piñeiro, a un trámite de procedimiento ordinario y a la vez hables de un decreto de adjudicación.
Pero, vamos, de ser el típico ordinario" 12001 Condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física" la cuantía es indeterminada. Lo único que cabría discutir es que, si se han ejercitado dos acciones, la de nulidad y la de reclamación de cantidad, se han de minutar una o dos acciones.


reyes
Mensajes: 74
Registrado: Jue 24 Nov 2005 10:59 am

Re: Impugnación de tasación costas nulidad cláusulas abusivas.

#7 Mensaje por reyes »

Cubtía indeterminada, sin duda y màs si se puso así en el Decreto y no se modificó por el Juez en la Audiencia Previa.

Responder