Siraj y sentencias por delitos leves

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Javier González Pereda
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#26 Mensaje por Javier González Pereda »

Hola principiante yo te digo como lo hago yo.Pero es que ademas esto no es opinable.Esta establecido.

Con respecto a las medidas cautelares debes de anotarlas siempre que se dicten desde un apud acta 1-15, una retirada o pasaporte o una prision..todas principiante anota todas..queda la duda de los que son detenidos y quedan en libertad sin mas que ya he explicado en mensajes anteriores.

Otra cosa. Principiante...ANOTA TODAS EN TODOS LOS PROCEDIMIENTOS en los que se dicten esasmedidas cautelares no solo en violencia de genero o domestica.

Vas a tener un serio problema si algun dia no tienes anotada una retirada de pasaporte por ejemplo o cualquier otra y pasa algo..la unica responsable eres tu.

Sino lo estas haciendo hazlo ya.

Con respecto a las st no firmes de verdad que estoy sorprendidisimo de lo que te leo.Vamos a ver....el registro se llama sentencias no firmes y medidas cautelares...olvidate de comodidades y cumple lo que manda la ley...Anota las sent no firmes y cuando se convierten en firmes emites la nota de condena...si es una conformidad en la guardia al tiempo porque es firme en ese momento sino transcurridos los dias cuando adquiere firmeza...si se te escapa alguna manda la nota de condena cuando abres la ejecutoria y por supuesto cuando archives la ejecutoria pon archivo definitivo pataque despues no te moleste el Ministerio cmo organo sentenciador por el tema de cancelacion .

Y finalmente cuando subas al siraj una requisitoria no olvides subir escaneado el fondo documental para que los demas podamos verla si te le detienen y se pueda imprimir.

Lo demas son caminos y comodidades que te pueden dar muchos problemas si la cosa se lia...mientras no se lia lo puedes hacer con los atajos que quieras pero si alguna vez se lia seras la unica responsable..mi consejo...hazlo bien.

Al principio yo tambien delegue y repasaba...pero me di cuenta que petdia menos tiempo haciendolo yo y en mi juzgado siraj lo llevo yo personalmente.

Si tienes alguna duda estoy en instruccion 3 de Santander o sino mandame un mensaje privado por el propio foro o a mi correo electronico.
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.

"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"

PRINCIPIANTE426

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#27 Mensaje por PRINCIPIANTE426 »

Acolitos,muchisimas gracias por tu respuesta.No sabes lo tranquila que me dejas.
Besotes

PRINCIPIANTE426

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#28 Mensaje por PRINCIPIANTE426 »

Javier ,me liaba un poco el tema de las sentencias no firmes y ahora creo que lo tengo más claro.
gracias por tu ayuda y por permitirme poder mandarte un email en caso de que me lie.
gracias

Invitado

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#29 Mensaje por Invitado »

Os doy las gracias por las respuestas. La verdad es que suscribo plenamente lo que me habéis dicho. La lógica y la razón es lo me lo dice y la ley.
Cuando llegó a mi mesa el primero de estos delitos leves para anotar la incoación de la ejecutoria en siraj y vi que la pena de alejamiento ya estaba cumplida porque se le había requerido el mismo día que se le notificó la sentencia, me saltaron las alarmas.
He preguntado a muchos compañeros y al que estaba en la plaza antes por supuesto. Los que son partidarios de requerir de cumplimiento desde la sentencia ( que hay bastantes) me aluden a que el riesgo es grande: esperar a que se le notifique... que se encuentre al susodicho... que se le requiera, que la oficina esté pendiente de que en cuanto se le notifique se abra la ejecutoria y no caiga en el olvido... y la verdad me dio mucho que pensar. Pero en mi fuero interno sé que es una ilegalidad. Corro el riesgo de que requiera y el señor en cuestión sea detenido y me plante una queja o algo peor y con toda la razón del mundo claro.
He visto no obstante que no son muchas, todas ya están ejecutadas siguiendo el criterio del compañero, la duda la tengo para las siguientes que se dicten.

Muchas gracias por las respuesta de los foreros, da gusto tener compañeros así.
un saludo

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Javier González Pereda
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#30 Mensaje por Javier González Pereda »

Tambien para ti si algo puedo ayudarte tienes el mensaje privado del foro o el correo electronico.Creo que en estos ultimos mensajes os he reflejado con claridad lo que dice la reglamentacion.Un abrazo para todos y lo dicjo si algo necesitais llamadme.
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.

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ACOLITOS

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#31 Mensaje por ACOLITOS »

Hola Javier.; estoy contigo en cuanto a que las medidas cautelares se anotan siempre sean de violencia de genero o no. En cuanto a las sentencias no firmes que se dicten en juicios de delitos leves que no impongan penas de alejamiento sino por ejemplo solo pena de multa parece que ahora habria que anotarlas al ser delito y al haber desaparecido las faltas respecto de las cuales no era obligatoria en el registro Central de Medidas Cautelares requisitorias y sentencias no firmes de conformidad con la circular 3/ 2009 relativa a la entrada en funcionamiento de la nueva aplicacion del registro central de medidas cautelares requisitoriad y sentencias no firmes (pagina 5).Unicamente se excluyen del registro las sentencias absolutorias no firmes que no impongan medidas de seguridad de conformidad con la circular 7/2009 del Secretario General de la Administracion de justicia sobre aspectos practicos de la aplicacion integrada del tegistro Central de medidas cautelares requisitorias y sentencias no firmes y del registro central para proteccion de victimas de la violencia domestica. Lo suyo es que lo hicieran los funcionarios y nosotros a validar. Yo con las sentencias no firmes dictadas en delitos leves que no llevan alejamiento espero a la firmeza pues prefiero tener tiempo para controlar las alertas , aunque lo suyo seria registrarlas aun cuando no hayan sacado indtruccion o circular en que especificamente se pronuncie sobre el registro de sentencias en juicios de delitos leves . Lo que si hay que vigilar es que no quede ninguna medida de alejamiento , requisitoria o prohibicion de salida del territorio nacional sin registrar pues si se escapa alguna ahi si que podriamos tener problemas y vigilar tambien cuando cesan para cancelarlas

PRINCIPIANTE426

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#32 Mensaje por PRINCIPIANTE426 »

Gracias de nuevo Acolitos.
Solo para quedarme tranquila ¿Qué controlas con las alertas? a mi me salen pocas.Gracias otra vez

delme
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#33 Mensaje por delme »

Las alertas son más habituales en los penales, suelen advertir de la anotación de condenas a penados con penas suspendidas, o interesan la revisión de notas antiguas incompletas cuya actualización es necesaria para la cancelación de antecedentes penales. Vamos una gloria

PRINCIPIANTE 426

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#34 Mensaje por PRINCIPIANTE 426 »

Gracias Delme.
Aprovecho la ocasion para decir que sois unos compañeros maravillosos.Gracias por vuestra ayuda. :gracias:

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Javier González Pereda
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#35 Mensaje por Javier González Pereda »

Acolitos es correcto.un abrazo para ti para principiante y para delme.
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.

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caraflan
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#36 Mensaje por caraflan »

Retomo el hilo. Para mi anotar las sentencias de delitos leves, con la excepción de las que impongan una medida de alejamiento, es un sinsentido.

La disposición adicional segunda de la reforma del CP es clarisima y dice que las menciones contenidas en las leyes procesales a las faltas se entenderán referidas a los delitos leves. Si esto es así, la mención que hace la circular 3/09 a la no obligación de anotación de las faltas debe entenderse a los delitos leves.

Solo la posibilidad de que la comisión de tres faltas o delitos leves pudiera suponer un agravante daba un sentido a la anotación en los tres tipos en que eso ocurría. Con las últimas sentencias del Supremo tumbando esta posiblidad ya no cabe ni esta justificación para anotar los delitos leves. Nadie ha dicho lo contrario.

Recuerdo la anécdota de un investigador americano que decía que herramientas como el correo electrónico se convertían en inútiles cuando cada día le llegaban mil correos.

Penalista

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#37 Mensaje por Penalista »

Te olvidas que los delitos leves puede dar lugar a la revocación de las suspensiones de condena o para ampliar el periodo de suspensión o imponer condiciones adicionales. Aquí en Madrid ya se han visto resoluciones de la Audiencia confirmando revocaciones por la comisión sucesiva de tres o cuatro leves.De igual modo, a una persona que tenía doce leves de hurto se le denegó en mi Juzgado la suspensión por un delito de hurto porque aunque según el 80 era técnicamente delincuente primario, la trayectoria delictiva servía para justificar un pronóstico futuro de comisión de nuevos delitos. Y la Audiencia también lo confirmó.

Así que la anotación tiene trascendencia, en mi opinión.

caraflan
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#38 Mensaje por caraflan »

El criterio de revocar suspensiones por delito leve no es unánime. Hay hilos en este foro con opiniones distintas. En mi opinión, salvo casos muy reiterativos como el que comentas no cabría tenerlos en cuenta. Espero que pronto el Tribunal Supremo aclare el tema y lo haga para negar esa posibilidad. Al igual que ha hecho con los antecedentes.

Una de mis obsesiones en esta administración ha sido desde que entré no hacer cosas que consideraba inútiles, o demasiado gravosas para el bien jurídico protegido, hacemos cientos de tonterías que nos convierten en poco productivos y en un paradigma de la falta de eficacia y eficiencia. Anotar a decenas de miles de ciudadanos en un registro de penados por si a alguna decena se le puede revocar una suspensión me parece una de esas tonterías además de suponer una pena adicional a la condena impuesta en la sentencia, la de publicidad. Si a eso añadimos la anotación cuando no es firme, la anotación de la firmeza, la de la incoación de la ejecutoria, la de archivo o la de prescripción, el tiempo y el esfuerzo perdido alcanza el infinito. Además de añadir paja que impide encontrar la aguja.

La interpretación de la disposición adicional segunda y de la circular 3/09 que yo hago me permite no anotar y de momento nadie me ha dicho que lo tengo que hacer. Sería muy sencillo que hicieran una circular para aclararlo pero mientras no la hagan yo tengo capacidad para interpretar de acuerdo con la disposición adicional y por ello, donde no se ha cambiado la nomenclatura para adaptarla, leo falta donde pone delito leve.

Un saludo
Última edición por caraflan el Vie 09 Mar 2018 2:45 pm, editado 1 vez en total.

Penalista

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#39 Mensaje por Penalista »

Cierto lo primero que apuntas y comparto la necesidad de que el TS lo deje claro. Comparto tu apreciación del segundo párrafo, y respecto al tercero si bien mi opinión difiere en cuanto a que entiendo que hasta que no se aclare lo de los leves y su influencia en la ejecución de las penas de prisión es conveniente anotarlo, coincido en que sería necesaria una circular sobre el particular con urgencia. :wink:

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Helena-Agueda
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#40 Mensaje por Helena-Agueda »

hola, buenas... :monito.cheer: :monito.cheer: :monito.cheer:

Cuánto tiempo sin preguntar nada... Se me hace raro.

Vamos a ver, que creo que estoy haciendo algo mal, o poco bien, jajaja

Cuando se introducen en el ordenamiento los delitos leves, las tres compañeras no teníamos claro si causaban antecedentes penales, por lo que estuvimos dándole vueltas sobre si anotar, o no, las sentencias condenatorias.
Al final, optamos por anotar todas las de viogen, por supuesto,y las del resto, aquellas que tenían penas de alejamiento (generalmente a los arenales de las playas a los furtivos, o incomunicaciones con otra persona)

Juez nuevo, y pide hoja de antecedentes de cualquier delito leve...

SECREDELOS80
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#41 Mensaje por SECREDELOS80 »

los delitos leves generan antecedentes. La respuesta es que lo hacen, pero solo en cierta manera, los delitos leves no contarán nunca para apreciar la circunstancia agravante de reincidencia del 22.8 CP ni se tendrán en cuenta jamás para decidir si suspender o no la pena privativa de libertad impuesta al sujeto activo de un delito susceptible de suspensión. En cambio, para lo que sí se tendrá en cuenta la comisión de delitos leves es para la agravación específica de la comisión de algunos delitos (235 o 250 cp).

Deberíais anotarlos todos. saludos

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Helena-Agueda
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#42 Mensaje por Helena-Agueda »

Buenos días, y muchísimas gracias

Un saludo

Invi85

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#43 Mensaje por Invi85 »

Como bien te comenta el compañero, se anotan todas las condenatorias
Pero.... No las habíais anotado desde que se introdujeron los delitos leves? Pufff, porque entonces vais a tener que revisarlas con el libro de sentencias las de atrás y anotar...... Animo

Noname

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#44 Mensaje por Noname »

Deberíais bajar más a hacer anotaciones. Los delitos leves no se pueden anotar en los Juzgados de lo Penal porque el SIRAJ no los contempla. Sólo los Instrucciones, que juzgan delitos leves, parecen poder hacerlo.

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Helena-Agueda
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#45 Mensaje por Helena-Agueda »

Buenas...

Pues sí, habrá que revisar, pero teniendo en cuenta que se anotan todas las de viogen y las de otros delitos que lleven como pena alejamiento, incomunicación, etc. No se anotaban, por ejemplos los delitos de daños y hurto, que la pena consistía en indemnización, exclusivamente.

Y no entiendo eso de que deberíamos bajar más a hacer anotación; las anotaciones las hago yo, y en un mixto con viogen, hay veces que no sabes de dónde vas a sacar el tiempo, salvo metiendo horas de dónde no las hay. Pero sí, revisaré. que no queda otra. no sé lo que harán los otros compañeros del edificio.

Muchas gracias

Secretarionovato
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#46 Mensaje por Secretarionovato »

SECREDELOS80 escribió: Mié 09 Sep 2020 11:25 am los delitos leves generan antecedentes. La respuesta es que lo hacen, pero solo en cierta manera, los delitos leves no contarán nunca para apreciar la circunstancia agravante de reincidencia del 22.8 CP ni se tendrán en cuenta jamás para decidir si suspender o no la pena privativa de libertad impuesta al sujeto activo de un delito susceptible de suspensión. En cambio, para lo que sí se tendrá en cuenta la comisión de delitos leves es para la agravación específica de la comisión de algunos delitos (235 o 250 cp).

Deberíais anotarlos todos. saludos
De eso, ya ha dicho el Supremo que no...

http://www.poderjudicial.es/search/AN/o ... d/20200210

Por ende, es absurdo anotarlo para eso.

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Carlos Valiña
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#47 Mensaje por Carlos Valiña »

Pero... en esa sentencia que citas pone esto:
En los términos en que aparecen descritos en los hechos probados que nos vinculan, y en
consideración a la penalidad impuesta, no dimanan de delitos leves, con la única excepción de los que derivan
de la condena el 24 de agosto de 2016, a la pena de dos meses de multa
parece que sí esta dando por bueno que los antecedentes puedan dimanar de delitos leves.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

Secretarionovato
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Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#48 Mensaje por Secretarionovato »

Para efectos de reincidencia, en la estafa, no.

Dice esto la Sentencia.


La aplicación a los delitos leves de la nueva figura agravada de estafa produce de esta manera un distorsión del sistema en el que, ni la reincidencia genérica del artículo 22.8 ni la multirreincidencia del 66.1.5 producen ex lege un incremento penológico cuando operan sobre aquellos, por efecto de lo dispuesto en el artículo 66.2 CP. Distorsión, porque solo así puede entenderse el que la mera existencia de tres antecedentes previos, que ya en su día acarrearon la correspondiente pena, equipare una estafa de menos de 400 euros, con otra en la que no se aprecie multirreincidencia, pero que puede llegar a alcanzar un cuarto de millón.
Todo ello nos aboca a entender que tal salto agravatorio exige una expresa y clara regulación, como la del hurto, sin que, en su defecto, nos sea permitida una interpretación extensiva y analógica.

Lo señalado respecto a la agravación del artículo 250.1.8 es aplicable a las restantes circunstancias que el precepto prevé, pues, aunque sustentadas en distinto fundamento y algunas de difícil, cuando no imposible, encaje estructural con un delito leve, deben ser tratadas desde la misma pauta interpretativa. No es posible desde una interpretación extensiva en contra reo, un doble salto penológico desde el delito leve a la modalidad agravada.



De hecho, excluye expresamente el delito leve del cómputo en esa sentencia (dice que las condenas anteriores, de la reincidencia, no son por delito leve salvo la última)

Penalista

Re: Siraj y sentencias por delitos leves

#49 Mensaje por Penalista »

Al menos en Madrid, la Audiencia permite la revocación de las suspensiones de condena, especialmente cuando comete varios leves durante el periodo de suspensión, dado que a diferencia del art. 80, el art. 86 no distingue que el delito cometido dentro del periodo de suspensión sea o no leve.

Pero más allá incluso nos ha confirmado denegación de suspensiones por tener muchos delitos leves en un corto periodo de tiempo, por cuanto si bien no se pueden tener en cuenta para apreciar la primariedad delictiva, si que pueden tenerse en cuenta cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos.

Por tanto, la anotación de los delitos leves es imprescindible.

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