Consignación de empresas en concurso

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Invitado

Consignación de empresas en concurso

#1 Mensaje por Invitado »

Después de que se dictara sentencia condenando a una empresa en concurso, la misma recurre en suplicación aportando para ello un aval bancario.
La problemática surge después. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia confirma la sentencia condenatoria, pero ¿que hago con el aval?. Por supuesto se ha requerido a la empresa por tres días para que ingrese la cantidad o se ejecutará el aval y obviamente la empresa no ha ingresado la cantidad condenada en sentencia.
¿acuerdo hacer efectivo el aval? y si lo ejecuto ¿entrego la cantidad al mercantil?

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ELY
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Re: Consignación de empresas en concurso

#2 Mensaje por ELY »

No se puede iniciar ejecución contra empresa en concurso, y por lo tanto no puedes ejecutar el aval..... hasta que termine el concurso o se apruebe el convenio. :(

Invitado

Re: Consignación de empresas en concurso

#3 Mensaje por Invitado »

Pues discrepo- El aval garantiza el cumplimiento de la condena por un tercero. Si, dictada sentencia firme, el condenado no paga, se requiere al avalista, y si éste tampoco lo hace se puede presentar ejecución contra éste en tal condición, sin intervención alguna de la concursada.

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ELY
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Re: Consignación de empresas en concurso

#4 Mensaje por ELY »

Invitado escribió: Mié 16 Sep 2020 2:42 pm Pues discrepo- El aval garantiza el cumplimiento de la condena por un tercero. Si, dictada sentencia firme, el condenado no paga, se requiere al avalista, y si éste tampoco lo hace se puede presentar ejecución contra éste en tal condición, sin intervención alguna de la concursada.
Me parece perfecto, cada juez puede interpretarlo como considere.

En nuestro juzgado se calza un auto de inadmisión de ejecución y ya esta. Si el demandante piensa lo contrario, pues recurre y ya sera el TSJ el que decida al efecto, pero la verdad los 2 o 3 que hemos tenido en esa situación no han recurrido. y otro tanto pasa si el dinero lo han consignado en efectivo en la cuenta y no por aval. Nosotros en esos casos requerimos a la empresa para que manifieste si ha cumplido la sentencia o si debemos entregar el dinero consignado, si dice que se entrega, ya esta y si no dice nada o que no se entrega por estar en concurso, traslado al actor para que pida ejecución si a su derecho interesa y luego auto denegandola por estar en concurso.

un saludo

Wences2

Re: Consignación de empresas en concurso

#5 Mensaje por Wences2 »

Yendo a la practica, en muchas ocasiones a lo largo de mi vida e ejecutado el aval sin esperar a solicitud de ejecución ordinaria alguna. El aval está para cubrir la falta de consignación y ésta el resultado de la sentencia (fase declarativa) y ya sabe el avalado que debe de pagar si la sentencia le es adversa y el avalista sabe igualmente que deberá pagar (si no lo hace el avalado) a primer requerimiento.

Lo que si creo que en todo caso el dinero habrá que remitirlo ad cautelam al mercantil o ponerlo a su disposición, aunque a mi modesto entender el problema está ahí por cuanto el TSJ lo que dice es que al dinero consignado o avalado se le de el curso legal , invitándonos a que si se ha desestimado el recuro planteado por la empresa, se entregue al actor (sin necesidad de embargarlo como entiende una corriente minoritaria). Por lo tanto ¿de donde se puede inferir que si no hay ejecución planteada, porque no hace falta, no se pueda entregar al trabajador el dinero consignado o resultante del aval ejecutado en fase declarativa?

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ELY
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Re: Consignación de empresas en concurso

#6 Mensaje por ELY »

yo me reitero, la entrega no voluntaria o ejecución de aval requiere a mi entender despacho de ejecución.
si la sentencia se cumple voluntariamente entre las partes, no hay problema, si se solicita el auxilio judicial para su pago, no hay "fase intermedia en la ley", hay ejecucion...

pero vamos, que cada uno en su juzgado hará como mejor le parezca, faltaría mas...

wences2

Re: Consignación de empresas en concurso

#7 Mensaje por wences2 »

Siempre he pensado que las cantidades consignadas para recurrir se encontraban allí justamente para eso poder recurrir; luego para poder entregarlas a los trabajadores sin el consentimiento de la empresa habría que embargarlas, previa ejecución obviamente. Con el transcurso de los años atendiendo a otros criterios y especialmente a lo que dice el TSJ sobre las cantidades consignadas cuando desestima el recurso, he optado por seguir a la corriente mayoritaria, especialmente porque es mas rápido y más funcional entender que no hace falta la ejecución para darle el curso oportuno a las cantidades consignadas, y solo supedito la entrega de las referidas cantidades a que no me recurran la resolución, es decir que espero a que sea firme la misma para entregar cantidad alguna.

A pesar de lo dicho entiende que lo que dices es lo más ortodoxo.

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ELY
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Re: Consignación de empresas en concurso

#8 Mensaje por ELY »

:D :D ... es que nosotras somos más talibanas de la ley. :D :D

Invitado

Re: Consignación de empresas en concurso

#9 Mensaje por Invitado »

Se me ha planteado un problema algo diferente al inicial. Una empresa que no esta en concurso, para recurrir en suplicación presenta aval.
El tribunal Superior de Justicia dicta sentencia desestimando el recurso y la empresa no está en concurso.
Va a casación, y antes de resolverse la casación la empresa entra en concurso.
Bajan los autos al Juzgado y no se pide ejecución de la sentencia.
¿Qué hago con el aval? Requerí a la empresa para que consignara en metálico y si no lo hacía se ejecutaba el aval. Por supuesto la empresa no ha consignado. ¿Ejecuto el aval? ¿me quedo el aval eternamente? Si ejecuto el aval ¿entrego las cantidades al mercantil?

wences2

Re: Consignación de empresas en concurso

#10 Mensaje por wences2 »

Requerir a la empresa para que consigne en metálico, apercibiéndole que en caso contrario se podría ejecutar el aval. A la vista de ello el administrador concursal hará las correspondientes alegaciones, que probablemente sean las de que el dinero se remita al Juez Mercantil....

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ELY
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Re: Consignación de empresas en concurso

#11 Mensaje por ELY »

En mi opinión, al estar la empresa en concurso No se puede ejecutar el aval, se queda allí simplemente y ya esta.
Logicamente durante la tramitación del concurso el administrador gestionará el tema, en el sentido de que si le empresa llega a sentencia de convenio, se podrá en ese caso ejecutar la sentencia y el aval, o en su defecto, si entra en liquidación, también se puede ejecutar el aval.
No veo correcto ejecutar el aval, y encima darle el dinero a la empresa, eso vulnera los derechos del trabajador, ya que si termina el concurso se queda sin expectativa de cobrar, el o el fogasa.

Un saludo

Ely

Invitado

Re: Consignación de empresas en concurso

#12 Mensaje por Invitado »

Artículo 1822 C.Civil: Por la fianza se obliga uno a pagar o cumplir por un tercero, en el caso de no hacerlo éste.
Es decir, si el avalado no paga, el obligado es el avalista. Se le requiere con un plazo, y si no paga se puede pedir ejecución contra él. Es irrelevante que el obligado principàl esté o no en concurso, pues la ejecución no se dirige contra él sino contra el banco avalista, que no está en concurso, y en consecuencia no pinta nada el juzgado de lo mercantil.
Otra interpretación supone desvirtuar la función de garantía que es la razón de ser de que el aval se admita como sustitutivo de la consignación en efectivo para recurrir en suplicación.
Y otra cuestión, ajena a todo esto, son las consecuencias en la relación entre avalista y avalado.

wences2

Re: Consignación de empresas en concurso

#13 Mensaje por wences2 »

Veámoslo desde otra perspectiva más fácil: el dinero se encuentra consignado y sabemos que la mercantil está en concurso ¿se lo vamos a entregar sin más al trabajador?

Ello viene a suscitar nuevamente el criterio antiguo consistente en lo conveniente de embargar el dinero consignado (por concepto diferente al mero pago, por ejemplo para recurrir) antes de poderse entregar al actor.

Invitado

Re: Consignación de empresas en concurso

#14 Mensaje por Invitado »

una pregunta al invitado anterior. Entiendo que el aval es una cantidad que es del banco y que garantiza el cumplimiento de una obligación del avalado. Cuando se ejecuta el aval y se ingresa la cantidad en el Juzgado, entiendo que esa cantidad ya es del avalado. Luego el banco se dirigirá frente a él por cualquier vía. Pero desde que ejecuto el aval y se ingresa la cantidad en la cuenta de consignaciones entiendo que ese dinero ingresado es del avalado que ya no está avalado. No sé si me explico.
Una vez ingresada dicha cantidad en la cuenta ¿se debe remitir al Mercantil por estar la empresa en concurso?. El demandante por su puesto no me pide la ejecución porque sabe que si me la pide no se va a despachar ejecución.

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ELY
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Re: Consignación de empresas en concurso

#15 Mensaje por ELY »

cada uno puede considerar como quiera, pero yo me reitero en mi posición, el aval no se ejecuta, si lo pide la parte actora, se le deniega, y si no esta de acuerdo pues que recurra y al final el TSJ decidirá sobre el tema.
pero hasta el momento, cuando hemos dicho que no se ejecuta, las partes se han aquietado.

Invitado

Re: Consignación de empresas en concurso

#16 Mensaje por Invitado »

Abundando en lo que dije arriba (Lun 08 Feb 2021 12:02 pm ), en mi modesta opinión aún se podría ir más allá. El aval que exige la ley procesal para sustituir la consignación en metálico ha de ser un "aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito" (art. 230.1), esto es, en puridad no sería necesario ni siquiera el impago previo por el avalado para exigir el cumpliento por el avalista, y en su caso ejecutar exclusivamente contra éste. Todo, como dije antes, independientemente de si el condenado está o no en concurso. La responsabilidad que asume el avalista es de "carácter autónomo, independiente, distinto y no accesorio" (STS 398/14) a la del condenado. Y, si cumple, el dinero no es del avalado, sino que está asumiendo su propia responsabilidad frente al acreedor, a quien precisamente la exigencia legal pretende proteger.
https://www.diariojuridico.com/la-impla ... erimiento/

wences2

Re: Consignación de empresas en concurso

#17 Mensaje por wences2 »

Todo eso es correctísimo a mi modesto entender. El problema surge a la hora de entregar el dinero. ¿Se le puede entregar el dinero al actor a pesar del conocimiento de la existencia del concurso? Si se le entrega es porque entendemos que al estar aún en fase declarativa no les afectan las limitaciones a que se refiere el art. 143 de la nueva Ley Concursal, al referirse éstas exclusivamente a la fase de ejecución común. En rigor creo que se podría entregar el dinero (consignado voluntariamente o tras la ejecución del aval) al no afectarle aún las referidas limitaciones de la LC. ahora bien, ad cautelam lo pondría en conocimiento del Juez del Concurso.

Invitado

Re: Consignación de empresas en concurso

#18 Mensaje por Invitado »

Efectivamente.
Si el demandante pide ejecución el dinero no podría entregarse al estar la empresa en cocurso, ya que la misma no se pude despachar.
La cuestión es si teniendo el dinero consignado y la parte pide su entrega en el declarativo, sin necesidad de despachar ejecución por tanto. Se le puede denegar dicha entrega al trabajador?

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ELY
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Re: Consignación de empresas en concurso

#19 Mensaje por ELY »

Invitado escribió: Mié 10 Feb 2021 3:21 pm Efectivamente.
Si el demandante pide ejecución el dinero no podría entregarse al estar la empresa en cocurso, ya que la misma no se pude despachar.
La cuestión es si teniendo el dinero consignado y la parte pide su entrega en el declarativo, sin necesidad de despachar ejecución por tanto. Se le puede denegar dicha entrega al trabajador?
Por supuesto que se puede denegar, nosotras en el juzgado cuando el demandante pide la entrega de dinero consignado damos traslado al demandado que consigno, para que nos indique si se le paga, y cuanto y con lo que nos diga pagamos, si no nos dice nada o una cantidad inferir a la que pone la sentencia o pide el actor, le decimos al actor que no le entregamos nada y que pida la ejecución.

Nosotras entendemos que el cumplimiento de la sentencia es voluntario, y si no existe voluntariedad, hay que pedir despacho de ejecución para cobrar. Entendemos que no existe una fase intermedia ni amparo normativo en la LRJS que permita esa tramitación del pago no voluntario, sin despachar ejecución.

Es lo que la Juez y yo pensamos y hacemos en nuestro juzgado, como he dicho los juzgados son reinos de taifas y cada uno puede hacer como considere, que para unificar siempre están los recursos y las decisiones del TSJ.

un saludo
Ely

wences2

Re: Consignación de empresas en concurso

#20 Mensaje por wences2 »

Como ya apunte en su momento lo de embargar previa ejecución esta muy bien y parece muy riguroso por cuanto no se consignó o avaló para el pago, sino para poder recurrir. Ahora bien todo esto casa mal con las aseveraciones que constantemente hacen los tribunales Superiores de Justicia cuando devuelven los autos y en la sentencia resolutoria del recurso dicen que al dinero consignado se le de el destino legal oportuno.

Un saludo , gracias y perdonar por ser tan pesado.

Invitado

Re: Consignación de empresas en concurso

#21 Mensaje por Invitado »

Dando un vistazo a la sentencia dictada por la Sala de lo Social del TRibunal Supremo de 14 de Octubre de 2013 parece decir que los avales prestados para recurrir en suplicación por empresas en cocnurso se ejecutan en la jurisdicción social y se han de entregar al trabajador. Viene a decir que no se trata de una procedimiento de ejecución de sentencia, sino que al tratarse de garantizar la sentencia el vala se ejecuta por el juzgado de lo social y se entrega el dinero al trabajador y no al Juzgado de lo Mercantil

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