Impugnación de liquidación de intereses y tasación de costas

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
secreperdida
Mensajes: 95
Registrado: Dom 15 Jun 2014 1:12 pm
Contactar:

Impugnación de liquidación de intereses y tasación de costas

#1 Mensaje por secreperdida »

Buenos días.
En una ETJ, la empresa me ha impugnado la liquidación de intereses y las costas por indebidas y excesivas.
Es la primera vez que me pasa desde que estoy en la jurisdicción social.
En civil hubiese abierto 2 piezas, y la liquidación de intereses la resolvería el Juez.
¿Que suele hacerse en social?. Es que alguna compañera me dice que continúan todo seguido en la ETJ sin necesidad de abrir pieza, porque parece que la aplicación informática lo recoge así.
¿Me podríais orientar los compañeros de social? ¿Debería abrir 2 piezas y poner 2 resoluciones? En el caso de la impugnación de costas tengo claro que tramitación simultánea por indebidas y excesivas quedando en suspenso la segunda hasta que se resuelva por indebida.
Gracias

Avatar de Usuario
ELY
Mensajes: 1237
Registrado: Lun 11 May 2009 7:47 pm

Re: Impugnación de liquidación de intereses y tasación de costas

#2 Mensaje por ELY »

Yo tengo la costumbre de tramitarlas ambas a la vez y sin piezas separadas, todo a mogollon.
ejemplo:
"Dada cuenta y visto el estado del procedimiento y los anteriores escritos presentados por la parte ejecutada xxxxxxxxxxx, impugnando la liquidación de intereses practicada con fecha 1xxxxxxxxxx y los escritos presentados por el ejecutante xxxxxxxxxxxx, impugnando tanto la liquidación de intereses antes indicada como la tasación de costas practicada en la misma fecha, se acuerda:

1- TENER POR IMPUGNADA por la parte ejecutante LA TASACIÓN DE COSTAS practicada en fecha xxxxxxxxxxx, por el motivo del artículo 245.3 LEC y en consecuencia se acuerda conforme al punto 4 del mismo artículo DAR TRASLADO POR 3 DÍAS a la parte ejecutada para que se pronuncie el respecto.

2.- TENER POR IMPUGNADA LA LIQUIDACIÓN DE INTERESES practicada en fecha 1xxxxxxxxxxxx en este caso, por ambas partes, cada una por sus motivos y al amparo del artículo 269,2 LRJS acumular la tramitación de esta impugnación a la de la impugnación de la tasación de costas y en consecuencia se acuerda DAR TRASLADO POR 3 DÍAS a las partes de la impugnación de su contrario para que formule alegaciones al respecto,.

Con el resultado de las alegaciones formuladas, o en su defecto una vez transcurrido el plazo indicado se procederá a resolver sobre ambas impugnaciones y a dictar el correspondiente decreto conforme al 246.4 LEC
"

Y respecto a la resolución, yo tengo la costumbre con los intereses cuando los impugnan, al amparo del 269 LRJS dar traslado por 3 días para alegaciones y después resolver por decreto susceptible de revisión, aunque en algunos juzgados se resuelve por auto, y en otros incluso convocan vista y resolución por auto, eso es como los donuts, hay gente que le gusta mas blanco y a otras personas de chocolate.

un saludo,
ELY

fernández soriano
Mensajes: 376
Registrado: Dom 27 Feb 2005 1:34 pm

Re: Impugnación de liquidación de intereses y tasación de costas

#3 Mensaje por fernández soriano »

Entiendo que en la jurisdicción social, la competencia para resolver las impugnaciones de la liquidación de intereses, así como de la tasación de costas, le corresponde al LAJ. En principio, yo tampoco abro piezas para su resolución, simplemente por DO admito las impugnaciones dando traslado al resto de partes para alegaciones, y realizado dicho tramite, resuelvo por decreto. En el caso que planteas, yo dictaría un decreto para resolver la impugnación de intereses y otro para resolver sobre las costas indebidas, y en ambos casos, con pie de recurso de revisión. Saludos.


Responder