liquidacion del regimen economico matrimonial
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
liquidacion del regimen economico matrimonial
En un procedimiento de liquidacion del regimen economico matrimonial se pide la venta en subasta judicial de un inmueble que figura en el activo de la sociedad de gananciales para satisfacer con su importe las deudas de la misma. ¿Es correcto efectuar dicho tramite dentro del referido procedimiento?
No veo porque no. Si ya se ha formado el inventario y ahora te encuentras en la liquidacion y adjudicacion de los gananciales y no se llega a ningun acuerdo en cuanto a la adjudicacion del inmueble, puedes instar la subasta voluntaria del mismo de esa manera el bien indivisible se convierte en cash, y se puede detraer del pasivo de la sociedad.
No se que opinaran otros SJ pero yo no le veo problema
No se que opinaran otros SJ pero yo no le veo problema
Yo entiendo que el procedimiento de liquidación se termina con la adjudicación de los bienes, sea o no pro-indiviso.
Pueden pedir la subasta voluntaria, pero eso es otro procedimiento de jurisdicción voluntaria.
O si no están de acuerdo en la subasta voluntaria ir a la acción de división de cosa común.
En consecuencia creo que NO procede hacer la subasta en ese mismo procedimiento.
Saludos, Luis
Pueden pedir la subasta voluntaria, pero eso es otro procedimiento de jurisdicción voluntaria.
O si no están de acuerdo en la subasta voluntaria ir a la acción de división de cosa común.
En consecuencia creo que NO procede hacer la subasta en ese mismo procedimiento.
Saludos, Luis
Fuera del proceso liquidatorio, y como acto de administración interesado por un cónyuge ante la oposición o ausencia del otro , se podría acordar;pero lo que tú planteabas es que sucedía en el propio proceso de liquidación, en cuyo caso , si así lo entiendes, ja única alternativa sería tramitarlo en pieza separada u otorgar la facultad de disposición a uno de ellos.
Al hilo del tema anterior.
En mi Juzgado de Familia hay una liquidación en la que ambos esposos quieren la casa, ( no hay hijos) y uno de ellos solicita la subasta impropia (entre los propios cónyuges)
¿ Se puede llevar a cabo en el propio proceso de liquidación o tienen que ir al de división de cosa común ?
Y coo ambos queiren la casa, creo que ni siquiera hay que nombrar contador, ¿ sería el juez quien adjudicara?
En mi Juzgado de Familia hay una liquidación en la que ambos esposos quieren la casa, ( no hay hijos) y uno de ellos solicita la subasta impropia (entre los propios cónyuges)
¿ Se puede llevar a cabo en el propio proceso de liquidación o tienen que ir al de división de cosa común ?
Y coo ambos queiren la casa, creo que ni siquiera hay que nombrar contador, ¿ sería el juez quien adjudicara?
LIQUIDACION DE GANANCIALES
Cada procedimiento tiene una finalidad y un objeto, entiendo que una vez adjudicados los bienes, si algún bien se ha adjudicado proindiviso, deben acudir al procedimiento de división de cosa común, al ordinario que sea o si no que se pongan de acuerdo en la venta del bien.