La tasa en los procedimientos de familia

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Dudoso

La tasa en los procedimientos de familia

#1 Mensaje por Dudoso »

Que opináis es aplicable la ley de tasas a los mutuos acuerdos sin hijos menores. ?. Y a los procedimientos especiales de inventario y liquidación de bienes gananciales.?. Y en la oposicion a la ejecución de Etj de derechos de visitas y en las Etj de pensiones de alimentos?. Yo tengo un mar de dudas. Un saludo.

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Procurador
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#2 Mensaje por Procurador »

A mi entender en divorcios de mutuo acuerdo sin hijos no sería necesaria tasa por no seguir los trámites del verbal, además podría equipararse a una jurisdicción voluntaria.
En cuanto a los inventarios y liquidaciones de sociedades sí...otra cosa la cuantía a darle. Opino que debería ser el activo menos el pasivo...al menos en cuanto al cálculo de la variable.
Por último, en cuanto a las ETJ que mencionas, la oposición no necesitaría tasa pues quedan excluidos de la misma los asuntos que versen sobre guardi, custodia y alimentos. Otra cosa será que la ETJ sea por retrasos en una compensatoria, ahí sí.

Dudoso

Re: La tasa en los procedimientos de familia

#3 Mensaje por Dudoso »

Gracias por tu opinión Procurador, yo opino igual que tu, el art 770 establece el juicio verbal para el divorcio contencioso, diferente es el mutuo acuerdo art. 777 Proc. Especial, no regulado en la ley de tasas, por tanto entiendo que queda eximido el divorcio de mutuo acuerdo sin hijos o con hijos mayores.
Respecto a la liquidaciones de bienes gananciales, reguladas en el 808 y 810 puede haber acuerdo en la comparecencia del secretario, entonces no hay juicio verbal, en consecuencia opino que no hay tasas.
En las oposiciones de ejecuciones de uso vivienda, gastos de hipoteca, etc, si entiendo que se aplicaría la tasa de 200 euros de oposición a la ejecución.
Y habría tasa en el procedimiento de exequatur? Regulado en el art. 952 y SS. De la LEC de 1881, pues como no es un juicio verbalmy no está regulado expresamente, entiendo que no hay tasa. En definitiva como siempre se ha olvidado el legislador de los procesos de familia, una chapuza.
Seguro que hacen una corrección de errore, pues no se entiende la exención de los procesos matrimoniales que versen sobre guardia custodia exclusivamente estaría exentos de tasa, puede suceder que se hayan comidos "y los". Un
Saludos.

reyes
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#4 Mensaje por reyes »

yo en las liquidaciones de sociedad de gananciales si creo se debe exigir tasa.., porque también en un j.verbal puede haber arreglo y por eso no se deja de pedir tasa.

reyes
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#5 Mensaje por reyes »

el legislador tiene nombre y la verdad que el Gallardón se está luciendo.... DINERO DINERO DINERO, pero para el Estado y para los que trabajan en justicia, problemas, problemas, problemas con sus chapuzas leyes... que espero se deroguen...

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newzel
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#6 Mensaje por newzel »

hola! Vaya, pues yo sí que estoy exigiendo la tasa en los procedimientos matrimoniales, incluyendo los divorcios y separaciones de mutuo acuerdo, por cuanto, si bien su naturelaza es más bien de jurisdicción voluntaria, se inician mediante demanda; y la interposición de la demanda es el hecho imponible determinante del devengo de la tasa, eso sí, poniendo la coletilla de que" por el momento no se exige el pago de la tasa conforme a la Instrucción de la Secretaría General de 21/11/12.....". Salvo que, como agudamente razona Dudoso, el legislador se haya olvidado de añadir la partícula "los" a los procesos matrimoniales.
Pero cómo se puede ser tan chapucero a la hora de elaborar leyes?
Respecto al exquatur (y aquí tendrían entrada todos los procedimientos de jurisdicción voluntaria que se inician mediante demanda, incluendo los matrimoniales del 777 LEC), ahora me habéis hecho surgir la duda...
Et in Arcadia ego

Invitado

Re: La tasa en los procedimientos de familia

#7 Mensaje por Invitado »

no seeeeeeeeeee. Necesito una Instrucción que desarrolle la instrucción y un protocolo y un estudio previo y necesito que las leyes sean claras y que tengan en cuenta todos los procedimientos que existen en los Juzgados incluidos los siempre olvidados asuntos de familia.

Invitado

Tasa en modif. medidas y alimentos de hijo mayor de edad.

#8 Mensaje por Invitado »

Buenas:
Ya se que se inicio otro post con el tema de la Tasa en Familia , de modo que si se decide ubicarlo en el ya abierto, no me opongo, pero a medida que se plantean los demandas en Familia más dudas tengo.

La pregunta es si los procesos de modificación de medidas con hijos mayores se consideran dentro de los procesos matrimoniales y se pide la tasa .
Y en cuanto a procesos que versan sobre alimentos concernientes a hijos mayores pero dependendientes económicamente ¿, que hacemos los consideramos menores para exención de la tasa o no ?

Seguiré preguntando , gracias .

Invitado

Re: La tasa en los procedimientos de familia

#9 Mensaje por Invitado »

Hola.

Inicié otro post respecto a dudas en proceso de Familia y ni una respuesta ., a ver si aquí tengo más suerte...
Otra circunstancia que me atañe es que soy único Juzgado de Familia en esta mi Comunidad, así que a ver , ¿ a quien le pregunto ?

Sigo con mis dudas, en cuanto a qué se consideran hijos menores , ¿ por edad? , ¿por dependencia económica y en tal caso si se están pidiendo alimentos para mayores de edad ,pero dependientes económicamente los eximimos de tasa ?
Otra cosa, yo estoy pidiendo la tasa en divorcios de mutuo acuerdo sin hijos menores,. Otra duda, ¿ se pide la tasa en la solicitud del art. 776.4 de la LEc respecto a la declaración de la naturaleza extraordinaria del gasto ?
¡¡ Por favor auxilio !! ¿ no hay nadie de Familia ? ¿ todo el mundo lo tiene claro ? ¿ me tengo que dirigir a Hacienda y que me lo explique ??

Saludos desde mi ignorancia , pero recaudadora de Hacienda al fín y al cabo.

PD: propongo crear otro clasificación , dentro de las dudas, y con carácter independiente de la civil ordinaria, para la jurisdicción de Familia, dado lo perdida que estoy más que Pi en su balsa( tiene a su tigre ) , más que Ton Hanks en su isla( tiene a su balón que no me acuerdo cómo se llamaba ) , más que Robinson en la suya,( tenía a su " Viernes " ) .

Invitado

Re: La tasa en los procedimientos de familia

#10 Mensaje por Invitado »

Hola otra vez !

Soy la de la isla. He encontrado este interesante artículo del Magistrado Antonio Javier Pérez Martçin, espero nos ilumine y nos ayude.

http://www.lexfamily.es/revista.php?cte=13

Invitado

Re: La tasa en los procedimientos de familia

#11 Mensaje por Invitado »

Al hilo de lo anterior otro enlace más:
http://divorcieitor.com/tag/tasas-judic ... -divorcio/

Creo que he metido la pata porque parece que se concluye en los mutuos acuerdos en ningún caso se exigirá tasa, según las anteriores interpretaciones, aunque seguiremos indagando.

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Terminatrix
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#12 Mensaje por Terminatrix »

Invitado escribió: Inicié otro post respecto a dudas en proceso de Familia y ni una respuesta ., a ver si aquí tengo más suerte...
Repesca el post y deja otro mensaje en él. Es la única forma de que salga a flote en la marea de consultas.
Invitado escribió:más que Tom Hanks en su isla( tiene a su balón que no me acuerdo cómo se llamaba ) .
"Wilson" :descojone:

Voy a llevar los artículos al subforo de Guías. Gracias por los enlaces. :wink:
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Helena-Agueda
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TASAS

#13 Mensaje por Helena-Agueda »

Buenos días, y un año 2013 lo menos traumático posible para todos!

A ver si alguien me puede resolver una duda: En los divorcios de mutuo acuerdo en los que incluyen en el convenio la liquidación de la sdad. de gananciales, habrá que exigir tasa?

Saludos.

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Re: TASAS

#14 Mensaje por Terminatrix »

Feliz 2013. Te muevo el post al hilo correspondiente. :wink:
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Tasas en procedimientos de familia

#15 Mensaje por ENGEL »

Seria aplicable la nueva ley de tasas a los procesos especiales de familia ?

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Re: Tasas en procedimientos de familia

#16 Mensaje por Terminatrix »

Te muevo el tema al ya abierto sobre el particular. Y aprovecho para darte la bienvenida y aconsejarte utilices el buscador, pues los temas más comunes seguro que ya los hemos tratado. :wink:
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jbr.abogado
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#17 Mensaje por jbr.abogado »

Hola, ENGEL:

En mi opinión no es exigible tasas a los procesos de familia. Porque en tributario no se puede aplicar la analogía igual que en penal, o el hecho imponible está recogido en la norma o no existe como tal, en penal o está en el CP como tipo específico o no existe penalmente.

Hola, Helena-Agueda: Te doy mi opinión en el mismo post que al compañero/a ENGEL, entiendo que no hay que pagar tasas, ya que es un procedimiento especial, no es un declarativo, ya que no es un ordinario ni un verbal, ni lo especifica en la ley de tasas.

Si analizamos la maldita ley de tasas, nos dice que en Civil, el hecho imponible son:

1.- Interposición de la demanda en procesos declarativos, esto es en juicio verbal u ordinario. No vamos a decir aquí cuáles son. Art. 248 y 249 LEC.

2.- Ejecución de títulos extrajudiciales: igualmente no voy a relacionar los que son.

3.- Reconvención: Contestación demanda.

4.- Proceso especial Monitorio, exención objetiva: < 2.000 Euros

5.- Oposición ejecución títulos judiciales.

Dicho lo cual, no está recogido ningún proceso especial de familia. Esta es mi opinión, salvo otra opinión que me contradiga.

Saludos cordiales,
jbr
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Helena-Agueda
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#18 Mensaje por Helena-Agueda »

Buenas tardes!

Creo que lo más clarificador para salir de esta, caótica y traumática, situación a la que nos ha llevado este ministro (o los redactores de la ley de tasas) es ponernos todos de acuerdo e ir planteando cuestiones que nos vayan surgiendo,a la Dirección General de Tributos y colgar aquí las respuestas que vayamos obteniendo. Yo, en cuanto supere el trance de la estadística (la primera que hago :shock: ), me pongo a la faena.

Un saludo

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jbr.abogado
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#19 Mensaje por jbr.abogado »

Hola:

Lo que ocurre es que cualquiera que no hace bien su trabajo se le exigen responsabilidades, a sean los clientes, incluso con demandas, tus superiores, etc. El legislador no ha hecho bien su trabajo, no entro el fondo, sino en la forma, no sabe ni redactar y parece que no sabe de Derecho, porque la redacción que le da ni uno que esté en primero de Derecho...

Puedes ver aquí algunos criterios que están dictando algunos juzgados:

http://www.icamalaga.es/portalMalaga/pr ... es_ES.html

http://veronicadelcarpio.files.wordpres ... amilia.pdf

Saludos cordiales,

jbr
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Invitado

Re: La tasa en los procedimientos de familia

#20 Mensaje por Invitado »

Buenos días.
Siguiendo con el tema y en especial por los destinados en juzgados de familia, ¿ es exigible la tasa en procesos de declaración previa de la naturaleza extraordinaria del gasto en favor de los hijos menores previsto en el 776.4 de la LEC?

¿Es posible que pueda entenderse que sólo se exigiría en el momento de oponerse el demandado , supuesto que daría lugar a un juicio verbal o en ningún caso?

Gracias.

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Lobo Estepario
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Re: La tasa en los procedimientos de familia

#21 Mensaje por Lobo Estepario »

He pegado unos cuantos acuerdos en GUIAS. :D

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