DERECHO A LA PROMOCIÓN PROFESIONAL DE LOS SECRETARIOS J.

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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MIGUEL ANGEL BRAGADO
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DERECHO A LA PROMOCIÓN PROFESIONAL DE LOS SECRETARIOS J.

#1 Mensaje por MIGUEL ANGEL BRAGADO »

Hola a todos!

Traigo a debate al Foro el tema de la promoción profesional de los Secretarios Judiciales, pues creo que es un derecho básico de todo funcionario.

En el texto del Proyecto de Ley de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial remitido por el Congreso de los Diputados al Senado, en el art. 301, relativo al ingreso en la Carrera Judicial, se establecía la reserva de una cuarta parte de las plazas de la carrera judicial que se convoquen, para licenciados en derecho con seis años de ejercicio profesional, a través del sistema de concurso-oposición (el famoso tercer turno) y de ellas, cada cuatro plazas que se proveyeran por dicho sistema, una se reservaría a miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales a través de dicho concurso-oposición. Sorprendentemente, en el Senado fue suprimida dicha reserva, manteniendo únicamente, para los miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales, la establecida en el art. 311 consistente en que cada cuatro vacantes que se produzcan en la categoría de magistrados, la cuarta se proveerá por concurso entre juristas de reconocida competencia y con más de 10 años de ejercicio profesional (el llamado cuarto turno) y, a su vez, una tercera parte de dichas vacantes se reservará a miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales de primera o segunda categoría. Es decir, que se reserva para los miembros del cuerpo de Secretarios Judiciales una plaza de cada doce vacantes de la categoría de Magistrados y ninguna plaza de las que se convoquen para el ingreso en la categoría judicial por la categoría de Juez.

Con ello, creo que en ésta cuestión se nos coloca en una posición inferior, dado que la reserva realizada para los demás Cuerpos de la Administración de Justicia, según los art. 442,2 y 490,2 del Proyecto de Ley referido, es la siguiente: el 50% de plazas vacantes del Cuerpo de Secretarios Judiciales para cubrir por promoción interna entre los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, el 50% de las vacantes del Cuerpo de Gestión para cubrir por promoción interna entre miembros del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y el 50% de vacantes del Cuerpo de Tramitación para cubrir por promoción interna entre miembros del Cuerpo de Auxilio Judicial, mediante el sistema de concurso-oposición.

Pienso que la promoción profesional es un derecho de todo funcionario, que no debe restringirse para los Secretarios Judiciales en la forma que recoge el referido Proyecto de Ley.

Ello, no se debe ver como un deseo de ser Jueces los Secretarios Judiciales, y sí como la reclamación de un derecho que nos corresponde en la misma proporción establecida para los demás Cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia, 50% para todos.

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Diego Medina
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#2 Mensaje por Diego Medina »

¡Hola Miguel! No te puedo decir otra cosa que que estoy totalmente de acuerdo contigo. Un abrazo.

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Carlos Valiña
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#3 Mensaje por Carlos Valiña »

En desacuerdo con el 50% de oficiales a Secretarios y con el 50% de Secretarios a Jueces.

Un saludo a todo el foro.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

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PACO

Promoción profesinal

#4 Mensaje por PACO »

Tenemos que darle las gracias a las Asociaciones Profesionales
que han negociado por nosotros la reforma de la L.O.P.J.
Nos han vendido por un plato de lentejas , por cuatro perras...
y encima dicen sentirse satisfechos.
Pese a todo , ánimo; somos nuestra única y última esperanza.
Un saludo

ARCOIRIS

PROMOCION PROFESIONAL

#5 Mensaje por ARCOIRIS »

Poco a poco veo como cada vez más compañeros van viendo que la nueva LOPJ no es una panacea sino la guillotina que nos cercenará a todos.

Un saludo a todos.

Escribano

UNA MAS PARA ECHAR MAS MADERA AL FUEGO DE LAS SUSTITUCIUONES

#6 Mensaje por Escribano »

Hace pocos dias,se han convocado en e BOE sendos concursos para cubrir plazas de jueces y fiscales sustitutos,y al BOE me remito.
Lo que me indigna,y creo que afecta aun derecho esencial de todos los funcionarios,es la forma de garantizarles a los gestores,por lo menos en Catalunya,la posibilidad de ejercer de Secretarios Sustitutos.No el hecho,en si que me parece bien,sino el regimen juridico que se han sacado de la manga,y que ya quisierom nosotros,nos lo facilitase e Ministerio.

Resulta,que cuando un mienbro del cuerpo de Gestion,es nombrado Secretario Sustituto,no tiene que pedir ninguna exedencia,ni nada parecido.Sencillamente,le mantienen en su destino anterior,solo que pasa a desempeñar servicios especiales,con reserva del puesto de trabajo.Mientras su puesto,es ocupado por un funcionario interino,que cesa cuando se cubre la plaza de Secretario.!Ole por ellos¡.
Por supuesto,si a cualquier Secretario Titular le apateciera ser juez o fiscal sustituto,el regimen ya sabemos cual es.Pedir la exedencia,perder el destino,y si la cosa va mal o no convence el oficio de juez o fiscal sustituto,hay que pedir el reingreso,ponerse en la lista de espera del siguiernte concurso,y a tener suerte.
Este regimen,a mi me parece tan discrimitario,en la funcion publica,que si encontrara bastantes firmas,seria cuestion de edstudiar un recurso contencioso-administrativo,o instar al Minsiterio que nos de las mismas faciliades que a los Gestores.
Saludos.
:evil: :twisted:

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Carlos Valiña
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#7 Mensaje por Carlos Valiña »

Esto era algo que estaba cantado, porque evidentemente sin esta formula, ningun gestor iba a querer ejercer de Secretario. Reconocer lo uno llevaba implicito lo otro. Ahora se hace evidente que el peligro que yo comentaba el 4 de enero en este mismo foro va cobrando cuerpo:


Crea una gran masa de Gestores, grupo B, que se dediquen con habitualidad a actuar como Secretarios Sustitutos, reemplazando a los actuales secretarios de provision temporal, y a poquito que presionen en algun sitio y nuestras alicaidas oposiciones se ralenticen, terminaran ocupando el terreno y finalmente fusionandose con nosotros si es que aun existimos.
La L.O.P.J puso los cimientos para eso, ahora se da el primer paso en esa direccion, porque cuando en Cataluña y Canarias se constituyan unos grupos de gestores que habitualmente ejerzan de Secretarios con el apoyo de las Comunidades Autonomas detras, y sin problemas para dejar su puesto de trabajo, mientras nos transfieren o no, la Comunidad Autonoma puede controlar las Secretarías, puesto que esos Gestores no me parece que vayan a depender de los Secretarios de Gobierno, y cuando las vaya controlando, no querra perder ese control, y como eso lo puede perder si hay oposicioines, pues lo razonable sera que nuestras oposiciones se ralenticen, y cuando el porcentaje de estos gestores en relacion con el total de plazas vaya siendo muy alto en determinadas comunidades autonomas, pues la idea de que la transferencia es la "salida natural" al problema, se ira imponiento y se creara una dinamica que resultara fatal a medio plazo para nosotros. La Ley no es solo la ley, son las puertas que abre, y aqui se han echado abajo las murallas y se nos dejado fiados a nuestras solas fuerzas, contra un enemigo muy superior en numero y en poder.
Cada Secretario debe defender su puesto y su honor hasta el final, por lealtad hacia si mismo y hacia su Cuerpo, pero, honradamente, creo que nos van a barrer.
Ojala me equivoque.
Un saludo a todo el foro.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
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Ricardo

Ya estamos arribas

#8 Mensaje por Ricardo »

Lo siento compañeros pero no me cansaré de repetirlo, no tenemos porque promocionar a nada, porque ya estamos en lo más alto de nuestra carrera, como he dicho una y mil veces ¿acaso piden los notarios promocionar a Jueces?

Otra cosa es y por ahí deberían ir los tiros, si no la unificación de las carreras judicial, fiscal con la nuestra, al menos si hacer posible la trasferencia de sus miembros de un Cuerpo a otro sin mayor limitaciones que las debidas preferencias propias de los originarios de cada Cuerpo.

Luego habláis de que a los Gestores se les reserva el puesto en Cataluña cuando nos sustituyen, pues eso es lo normal en todas las Administraciones autonómicas, e incluso existe una figura igual o semejante que se denomina “mejora de empleo” y que consiste en eso poder ocupar puestos superiores al tuyo con reserva de puesto, eso es bueno y lógicamente debiera también reservarse nuestro puesto si quisiéramos hacer de Jueces sustitutos.

Te preocupa Valiña, que los Gestores nos sustituyan y eso de lugar a que no halla interés en el futuro a convocar oposiciones o retardarlas, muy bien, es algo que debe preocupar a los opositores libres, pero mira tiene fácil solución, actualmente puede que este equilibrado el número de vacantes de Secretario y el de Gestores procesales, con lo que si se busaca el método para que accedan todos ellos al Cuerpo, se acabó el problema, no quedarían Gestores Licenciados.

Y por último una cosa debemos tener clara, y ya lo dije, ojo que esos Gestores de ahora serán nuestros futuros compañeros, ojo con la inquina hacia ellos o nos dividirá, no podemos dar lugar a que en un futuro estemos gravemente enfrentados los Secretarios de “pata negra” con la otra mitad de “chusqueros”.

Invitado

#9 Mensaje por Invitado »

Estoy contigo Ricardo, la judicatura para los jueces, que nosotros somos otra cosa.
Y mejores.
Valiñas, con cariño te recuerdo que la mayor parte de los Magistrados que hay en España eran hace nada jueces de Distrito con menos oposición que cualquiera de nosotros. Entre jueces de Distrito y prestigiosos juristas, que son hoy Magistrados sin abrir el programa de las oposiciones, se forma el grueso de la judicatura ! y no por eso han perdido su altivez y ringorango.!

Los Secretarios lo son independientemente de su origen y como ocurrió con la judicatura eso no desprestigiará la carrera¿ o alguien se acuerda cuando los Secretarios de Juzgados de Paz que fueran licenciados en Derecho fueron promovidos al actual cuerpo unificado? ¿ desprestigió eso a la carrera? No te preocupes tanto por eso Carlos, que son de los nuestros, los malos son los otros...

penal2ceuta

DERECHO A PROMOCION PROFESIONAL DE LOS SECRETARIOS JUDICIALE

#10 Mensaje por penal2ceuta »

Este es un tema que ha salido muchas veces, y siempre cuenta con dos posturas encontradas. Los que creen que no podemos promocionar a nada y los que sí, a jueces o fiscales.
Yo me encuentro entre los primeros, aunque respeto y me gustaría que hubiera la posibilidad de cambiar de carrera.
De todas formas, lo que no me gusta de los que dicen de promocionar es que lleva implícito el reconocimiento de que la carrera judicial o fiscal es superior a la nuestra. Puede ser que sea así, después de todo, pero no dejaría de fastidiarme.
Sobre este tema habría mucho que discutir, pero creo que la intención de los legisladores está clara. Nos han dado, y nos pueden dar más, funciones que yo llamaría administrativas jurídicas. Nos han separado claramente de la Carrera judicial, con órganos de gobierno propios, que no independientes.
Y, por extensión de la judicial, también de la carrera fiscal, que está equiparada a ésta, como, por cierto, lo estaba antiguamente.
Con este estado de cosas, siendo mínimamente realista, yo no contemplo a ningún plazo que se permita un trasvase del Cuerpo de Secretarios a ninguno de los otros dos.
Respecto a los gestores que acaban su carrera como Secretarios, ole por ellos. Yo tengo un compañero desde hace poco que ha sido auxiliar, oficial, y ahora Secretario, y el tío sabe tela, además de ser un gran compañero, CON TRECE TRIENIOS.
No me queda sino dar la bienvenida a esta gente, y más cuando van a entrar por concurso oposición, y acogerlos como compañeros que son.
En lo que estoy de acuerdo es que a medio plazo nuestras antiguas oposiciones pueden tender a desaparecer. porque la práctica totalidad de la gente oposite a gestor, para ascender más tarde por concurso oposición, y se plantee revisar el límite del 50%.
Y esto nos lleva al problema de la transferencia a las CCAA, porque los gestores dependen de éstas, y no parece muy coherente que un ascenso te haga cambiar de organismo del que dependes, pero todo puede ser.

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LUISMOR
Mensajes: 46
Registrado: Mié 17 Dic 2003 12:48 pm

Re: DERECHO A PROMOCION PROFESIONAL DE LOS SECRETARIOS JUDIC

#11 Mensaje por LUISMOR »

Soy uno de esos Secretarios que proceden del antiguo Cuerpo de Oficiales, aunque yo no fuí Auxiliar, pero si Agente Judicial durante 15 años, tengo 11 trienios, no presumo de vastos conocimientos jurídicos, aunque(es una opinión) lo compenso con sentido común y alguna que otra experiencia, y desde luego si algo tengo claro es que no es el origen lo que da lustre o lo quita a ninguna profesión o Cuerpo, pues, como ya en alguna ocasión he manifestado en este foro, de algunos de los Sec. procedentes de oposición directa se puede decir lo mismo que de algunos procedente del concurso oposición, que mas vale no tenerlos cerca pues a todos desprestigian. Por eso a mi no me preocupa que haya una reserva mas o menos numerosa para ascenso de los Gestores (aquí si creo que se puede hablar de ascenso) sino de quienes sean los Gestores que asciendan. Respecto a que los Gestores estén transferidos y eso sea un "puente " para nuestra transferencia a las Comunidades Autónomas, no veo ahí problema alguno, como Gestores al ascender pasan a situación de excedencia en su cuerpo transferido y como Secretarios pasan a depender del Ministerio. Para que la transferencia se haga o nó (de nuestro Cuerpo) lo único a temer es la voluntad política y respecto a eso un representante del Partido Socialista (su portavoz en el Congreso) ya dejó claro que si ellos gobernaran no iban a poner muchas trabas para tal transferencia (claro que no se les puede solo juzgar por esa manifestación), me parece recordar que lo expuso en uno de los Congresos de U.P.S. Saludos.

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