PD. A este paso, me vas tener que dar comisión por publicitar tu blog
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Hola
Al hilo del embargo de saldos. Creo haber deducido del artículo de Alberto,que en caso de que el embargo a través de BANESTO-SANTANDER sea negativo, se remite oficio vía fax-pàpel al Banco.
Lo digo porque yo desde la implantación del sistema a través de BANESTO ya no he vuelto a remitir nada por papel.
Gracias TERMINATRIX y no entiendo nada de la comisión por la publicidad y menos en un foro abierto. Un autor de reconocido desprestigio como yo debe tener cuidado con sus compañías.
Telemática si que hay que enviar el embargo en papel (el segundo, que es el primero pero con ningún resultado porque no hay pasta en las cuentas a la vista). ¿Me habrán convertido en Groucho Marx?.
Yo, desde luego, lo que tengo clarísimo es que, al menos desde el punto de vista del profesional, pocas ventajas tiene el embargo telemático.
Así, lo único bueno que veo es que ahora, con la información patrimonial en la mano, no tengo que ponerme a redactar un escrito reseñando las entidades a las que quiero se oficie si no que con pedir el embargo de todas riau. De hecho hay compañeros tuyos a los que no les sabe bueno que se pida a la vieja usanza si no que, y lo entiendo, les resulta más cómodo picar en todas. Otra ventaja: que como aparece todos los bancos, incluso los que no tenía ni idea de que existiesen, con lo cual esconderse no se pueden esconder.
Desventajas: las de siempre, con lo cual poco o nada se ha mejorado. Por lo pronto los embargos son momentáneos y no permanentes, como sí sucede con la AEAT y esto es algo que no comprendo. Lo segundo: se embargan saldos pero de depósitos nada de nada, puesto si existe algo distinto a una cuenta corriente o cuenta de ahorro no se embarga. Al menos antes, cuando se libraba oficio, las entidades al contestar, al menos alguna, informaba que si bien no tenían saldos embargables si que tenían tal o cual depósito en la propia entidad o en otra de "la familia". Ahora ni te enteras salvo que se te remita junto con la notificación la impresión de pantalla del alta del embargo.
De todas formas lo que tengo clarísimo es que mientras la información de la AEAT no sea la actualizada y mientras los embargos de saldos y depósitos no sean permanentes e incluyan estos últimos poco se ha avanzado.
El sistema de embargo telematico (y masivo) de cuentas a la vista (ECCV) no es muy efectivo puesto que no permite embargo de otras posiciones fiancieras distintas a las cuentas a la vista o de ahorro (SIC). Es decir, ni imposiciones a plazo, fondos de inversión, etc.
Y según tengo entendido, no lo puedo asegurar, no tiene efectos en Pais Vasco y Navarra (SIC).
Tengo para mi, que los terceros colaboradores (entidades financieras) tienen "otros" intereses en que el sistema sea como es y sirva para lo que sirve (aunque paradógicamente, les perjudique también a ellos, dado que habitualmente ocupan la posición de acreedores ejecutantes).
Y el CGPJ, firmante de los convenios paritarios de colaboración, ¿también tiene "otros" intereses diferentes del buen fin de la ejecución ya eficiacia de la acción de la Justicia?
Pesimista se queja pero acepta el viento adverso Optimista espera que cambie el viento Realista ajusta las velas (cambia las circunstancias para tener buena suerte) Mejorar nuestra suerte depende de nosotros mismos
Por cierto, Top Secre y yo comentamos el juego que te daría para otro artículo el temita de las miles de contraseñas que tenemos que utilizar a diario. Si te animas y te pones a ello, espero de tu caballerosidad que nos cites en lo agradecimientos.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.