Como no tenía bastante con el factoring, ahora me toca la cesión de créditos que, sinendo Secretaria de un juzgado de lo social, tengo muy verde por lo que si me echais otras manitas os lo agradecería.
CONSULTA:
Una S.A.(cedente) y una S.L. (Cesionaria)hacen un contrato de cesion de créditos sobre el pago de unos alquileres por unos locales que tienen arrendados a un Ayuntamiento, yo en virtud de un auto de ejecución he intentado embargar el importe de dichos alquileres a favor de mi ejecutante.
1) La sentencia y el auto de ejecución son posteriores al documento notarial de cesión de créditos si bien la demanda de mi trabajador es de fecha anterior.
2)La cedente S.A. tiene como consejera mancomunada a una persona que es la administradora única de la S.L. cesionaria.
3)El contrato de cesión consta en escritura notarial.
La verdad es que me huele "fatal", porque la ejecutada(cedente) y la cesionaria son los mismos perrros con distintos collares y no se que hacer???
Se os ocurre algo? Gracias y un saludo
Cesión de créditos
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cesión de créditos
Por favor dadme vuestras opiniones que no se que hacer¡¡¡¡
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Re: Cesión de créditos
Adelaida, te he movido el tema porque lo habías dejado en tierra de nadie.
Si puedes concretar un poco más la pregunta, te lo agradecemos. Si es en relación a un caso particular, cuéntanos. Si no, especifica un poco a qué te refieres exactamente.
Si puedes concretar un poco más la pregunta, te lo agradecemos. Si es en relación a un caso particular, cuéntanos. Si no, especifica un poco a qué te refieres exactamente.
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
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Re: Cesión de créditos
El tema es el que os he explicado. No es particular es una ejecucion de mi juzgado y la pregunta es si debo levantar el embargo sobre esos créditos(alquileres) cedidos por parte de la ejecutada a otra (creo que preconstituida a tales efectos por coincidir algun socio), siendo el contrato de cesión de fecha anterior a la sentencia y auto de ejecución de mi juzgado, estando el contrato de cesión realizado ante notario. Gracias, creo que lo voy a tener que levantar ya que el tema del eventual "alzamiento" no es social sino penal. Se os ocurre algo?
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Re: Cesión de créditos
Venga animaros , levanto el embargo o me meto en la posibilidad de que pueda existir un conflicto de intereses y me mojo. Me lo van a recurrir igualmente....no se si soy competente para meterme en el fondo del asunto o no. Como lo veis? No se qeu hacer